Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Enero de 1948 - 68 D.P.R. 029

EmisorTribunal Supremo
DPR68 D.P.R. 029
Fecha de Resolución13 de Enero de 1948

68 D.P.R. 029 (1948)

SANTANA V. PRENSA INSULAR, INC.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Providencia Santana, demandante y apelada

vs.

Prensa Insular, Inc. y Hartford Accident & Indemnity Co., demandadas y apelantes

Núm. 9487

68 D.P.R. 29

13 de enero de 1948

Sentencia de Arcilio Alvarado, J. (San Juan), declarando con lugar demanda de daños y perjuicios, con costas y honorarios de abogado. Confirmada.

  1. Apelación--Revisión--Alcance y Extensión-- Razonamientos en que se Basa la Sentencia de la Corte Inferior Sentencia Correcta Fundada en Motivos Erróneos.-Una sentencia correcta será sostenida en apelación aunque los razonamientos en que se basa sean erróneos.

  2. Automóviles--Daños Provenientes de su Operación o del Uso de las Carreteras--Naturaleza y Fundamentos de la Responsabilidad--Peatones o Viandantes--Personas Paradas en Lugar Seguro Aceras.-La persona que parada en el borde de una acera no ve un camión en el momento en que éste se acerca a velocidad al lugar donde ella se halla, no tiene obligación alguna de dar pasos hacia atrás para evitar ser lesionada por el mismo al éste invadir la acera con parte de su caja.

  3. Negligencia--Actos u Omisiones Constitutivos de Negligencia-- Materias o Sustancias Peligrosas, Maquinarias y Otros Medios Manejo de Agentes Peligrosos--Vehículos de, o Dedicados al Uso Privado.-El chófer de un vehículo es negligente al acercarse a velocidad a una acera donde hay personas paradas, sin tocar bocina, y al invadir dicha acera con parte de la caja del vehículo, lesionando así a una de esas personas.

  4. Apelación--Revisión--Cuestiones de Hecho y Conclusiones-- Sentencia en Relación con la Evidencia en General--Cuantía o Importe a Recobrar por Sentencia.--La indemnización de $1,500 aquí concedida, consideradas las lesiones recibidas por la demandante y los dolores físicos por ella sufridos con motivo del accidente, no es excesiva.

  5. Costas--Naturaleza, Fundamentos y Extensión del Derecho en General--Culpabilidad o Temeridad.-Ante un caso claro de negligencia, la corte está justificada en imponer honorarios de abogado a los demandados en daños y perjuicios por esa negligencia al éstos defenderse en la acción.

James R. Beverley, José López Baralt y R.

Rodríguez Lebrón, abogados de las apelantes.

Cayetano Coll Cuchí y Víctor A. Coll, abogados de la apelada.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ MARRERO

Providencia Santana instó demanda de daños y perjuicios contra Prensa Insular, Inc., y su...

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