Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Noviembre de 1954 - 77 D.P.R. 222

EmisorTribunal Supremo
DPR77 D.P.R. 222
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 1954

77 D.P.R.

222(1954) PUEBLO V. FOURNIER SAMPEDRO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado

vs.

Ramón Antonio Fournier Sampedro, acusado y apelante

Núm. 15318

77 D.P.R. 222

5 de noviembre de 1954

Sentencia de J. Suárez Garriga,

J. (San Juan), condenando al acusado por delito de Asesinato en Primer Grado. Revocada y devuelto el caso para nuevo juicio.

1.

Derecho Penal--Denuncia, Declaración, Mandamiento, Examen y Encarcelación Preliminar y Juicio Sumario--Investigación o Examen Preliminar--Necesidad del Mismo.--No es necesaria actualmente una vista formal ante un juez a fin de que éste expida una orden de arresto. Los jueces pueden hacerlo a base de testimonio jurado previamente ante el fiscal o ante cualquier otro funcionario autorizado.

2.

Id.--Id.--En General--Necesidad de Llevar el Presunto Acusado Ante un Juez o Fiscal.--El conducir al acusado ante un juez instructor sin inguna demora innecesaria, según lo exigía el artículo 44 del Código de Enjuiciamiento Criminal, era innecesario a la fecha en que ocurrió el presente caso, ya que el fiscal, que tenía detenido al acusado, era por sí mismo un juez instructor bajo la ley existente entonces.

3.

Id.--Evidencia--Confesiones--Confesiones Hechas Libre y Voluntariamente--Confesión Mientras se Está Bajo Detención Ilegal.--Toda vez que el artículo 44 del Código de Enjuiciamiento Criminal no requiere necesariamente que un sospechoso arrestado sea llevado personalmente ante un juez instructor, la omisión de así llevario no hace que una confesión por él dada durante tal demora sea inadmisible, aun cuando sea una confesión voluntaria.

4.

Id.--Id.--Id.--Amenaza o Coacción al Obtenerlas.--La detención ilegal es uno de los factores a ser apreciados al determinar si una confesión fué obtenida mediante coacción.

5.

Id.--Id.--Id.--Confesiones Hechas Libre y Voluntariamente-- Confesión Mientras se Está Bajo Detención Ilegal.--Este Tribunal resuelve no adoptar en esta jurisdicción la regla de evidencia en las Cortes Federales, conocida como la Regla McNabb, de que aun cuando sea voluntaria una confesión, ésta es inadmisible en evidencia simplemente porque la misma se hiciera durante la detención ilegal del declarante.

6.

Derecho Constitucional--Debido Procedimiento de Ley--Procesos por Delitos u Ofensas--Reglas de Evidencia en General--Confesiones.--El debido procedimiento Federal prohibe que en un juicio criminal en un estado se use la confesión de un acusado obtenida mediante coacción, ya sea física o mental. La confesión escrita del aquí acusado era inadmisible en evidencia por haberse obtenido mediante coacción psicológica en violación del debido procedimiento de ley.

7.

Derecho Penal--Evidencia Confesiones--Su Admisibilidad Como Prueba En General.--Al tribunal sentenciador corresponde pasar como cuestión preliminar sobre el problema de si una confesión fué voluntaria. La corte oye testimonio de las partes, preferiblemente en ausencia del jurado, en cuanto a voluntariedad. De establecer tal testimonio como cuestión de derecho que la confesión fué involuntaria, la excluye y no la presenta al jurado. De ser el testimonio contradictorio, el tribunal no pasa sobre su admisibilidad sino que llama al jurado, repite en presencia de éste la evidencia sobre voluntariedad y le somete la confesión al jurado con instrucciones adecuadas.

8.

Id.--Juicio en General--Necesidad, Requisitos y Suficiencia de las Instrucciones--Confesiones de Acusados.--Al someter la cuestión de voluntariedad de una confesión a un jurado, la corte debe instruir a éste ( a ) que el Pueblo tiene el peso de la prueba a fin de establecer la voluntariedad de la confesión; ( b ) que si el jurado resuelve que la confesión fué hecha voluntariamente, al jurado corresponde determinar qué peso debe darle, como en el caso de toda otra evidencia debidamente admitida; y ( c ) que si el jurado resuelve que la confesión fué involuntaria, debe rechazarla y hacer caso omiso de ella.

9.

Cortes--Cortes de los Estados Unidos--Tribunal Supremo-- Revisión de las Decisiones de Tribunales Estatales--En General.--El Tribunal Supremo de los Estados Unidos, aun cuando acepta las conclusiones de hechos de las cortes estatales con respecto a las circunstancias bajo las cuales se hicieron las confesiones, determina por sí como cuestión de derecho, mediante una revisión independiente de los hechos, el efecto de esos hechos sobre la cuestión de voluntariedad de una confesión.

10.

Derecho Constitucional--Debido Procedimiento de Ley--Procesos por Delitos u Ofensas--Reglas de Evidencia en General--Confesiones.--La admisión en evidencia en un caso ante una corte estatal de una confesión que bajo los hechos incontrovertidos

se ha obtenido mediante coacción, viola el debido procedimiento Federal, no empece la existencia de otra evidencia suficiente para sostener el veredicto.

11.

Derecho Penal--Denuncia, Declaración, Mandamiento, Examen Preliminar, Encarcelación y Juicio Sumario--Detención de Sospechosos o Acusados para Responder de Delitos u Ofensas.--Los fiscales no deben tener detenido para investigación a un testigo o a un acusado durante varios días mientras obtienen la prueba que ha de ponerles en condiciones de enfrentar al testigo o al acusado con la realidad de los hechos. Nada en la ley autoriza esta línea de conducta.

12.

Id.--Id.--Id.--Una vez que detuvo al aquí acusado como sospechoso, era deber del fiscal expedir prontamente una orden de arresto y fijar fianza. El llevarlo a la oficina del fiscal y mantenerle allí y en otros sitios incomunicado durante tres días hasta que confesó, fué ilegal.

13.

Id.--Id.--Id.--Un fiscal puede interrogar un sospechoso, ya sea antes o después de su arresto, durante un período razonable. Su derecho a así hacerlo no justifica el detener al acusado para investigación durante tres días con sus noches sin acusarlo de algo, expedirse orden de arresto y fijarse fianza.

14.

Derecho Constitucional--Debido Procedimiento de Ley--Procesos por Delitos u Ofensas--Reglas de Evidencia en General--Confesiones.--Aun cuando el hecho de que un arrestado sospechoso haga una confesión escrita mientras está bajo detención ilegal por sí solo no infringe el debido procedimiento, es factor sinembargo, a tomar en consideración, junto a todos los demás hechos, para determinar si la confesión se obtuvo, como cuestión de derecho, mediante coacción psicológica y es, por tanto, inadmisible en evidencia en cuanto a la cuestión de si se obtuvo en violación el debido procedimiento.

15.

Derecho Penal--Evidencia--Confesiones--Amenaza o Coacción al Obtenerlas.--Si una confesión fué obtenida mediante coacción psicológica es cuestión a ser determinada en cada caso de acuerdo con las circunstancias concurrentes, esto es, si bajo las circunstancias, la confesión fué claramente el producto del proceso de succión del interrogatorio y por tanto el reverso de la voluntariedad. O, dicho en otras palabras, si al momento de confesar, el acusado gozaba de libertad mental para admitir o negar su participación en el crimen. Esto requiere una determinación, basada de los hechos de cada caso, de la habilidad objetiva del confeso específico para soportar las alegadas presiones de coacción.

16.

Id.--Id.--Id.--Id.--El interrogar un fiscal a un arrestado sospechoso durante 6 horas no hace de por sí que la confusión escrita que él dé entonces fuera obtenida mediante coacción psicológica como cuestión de derecho.

17.

Derecho Penal--Apelación--Revisión--Errores sin Importancia o no Perjudiciales--Resoluciones Sobre la Prueba Presentada En General.--Cuando una declaración escrita anterior del acusado es altamente pertinente a la cuestión de si otra declaración escrita posterior presentada en evidencia fué una confesión obtenida mediante coacción como cuestión de derecho, el tribunal a quo comete serio error al denegar la petición del acusado de que ambas declaraciones se presentaran en evidencia al mismo tiempo y al resolver, sin tener ante si la declaración anterior, que la posterior no era una confesión obtenida mediante coacción como cuestión de derecho.

18.

Id.--Evidencia--Confesiones--Amenaza o Coacción al Obtenerlas.--La manera y naturaleza del interrogatorio que precedió a la confesión escrita del acusado aquí presentada en evidencia, son de gran peso en cuanto a la cuestión de si esa confesión escrita fué o no obtenida mediante coacción como cuestión de derecho, porque fué producida por el proceso de succión del interrogatorio en el cual el acusado fué privado de su libertad mental para hacer una elección razonada en cuanto a si debía hablar o permanecer callado.

19.

Id.--Id.--d.--Id.--Aun cuando el hecho de haber hecho una confesión mientras se está bajo detención ilegal no vicia por sí solo tal confesión, la detención ilegal que tiende a germinar confesiones por coacción es factor importante para determinar si una confesión fué obtenida por coacción.

20.

Id.--Id.--Id.--Id.--La detención ilegal de un sospechoso por más de tres días, unido a la negativa a no dejarle ver amigos, familiares o abogados, es por sí misma una forma de presión que, junta con otras circunstancias, pueden resultar en una confesión inducida indebidamente.

21.

Derecho Constitucional Debido--Procedimiento de Ley--Procesos por Delitos u Ofensas--Reglas de Evidencia en General--Confesiones.--El interrogatorio ininterrumpido de un sospechoso durante seis horas en una noche--quien, como en este caso, es un hombre educado, maduro, de experiencia y con buena posición social--no hace por sí misma constitucionalmente vulnerable su confesión producto de tal interrogatorio.

22.

Id--.Evidencia--Confesiones--Amenaza o Coacción al Obtenerlas.--La serie de circunstancias en este caso--detención ilegal e incomunicación durante tres días, interrogatorio ininterrumpido durante seis horas y la naturaleza y forma de tal interrogatorio según éstas se exponen en la opinión--requieren que este Tribunal...

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