Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Septiembre de 1958 - 80 D.P.R. 702

EmisorTribunal Supremo
DPR80 D.P.R. 702
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 1958

80 D.P.R. 702 (1958) PUEBLO V. TRIBUNAL SUPERIOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO, PETICIONARIO

VS.

TRIBUNAL SUPERIOR DE PUERTO RICO, SALA DE SAN JUAN,

HON.

PABLO JUAN Y TORO, JUEZ, DEMANDADO,

FÉLIX RAMOS CRUZ, INTERVENTOR

Núm. 2405

80 D.P.R. 702

12 de septiembre de 1958

Certiorari

para revisar Orden de Pablo Juan y Toro, J. (San Juan), sobre entrega por el fiscal, al abogado del interventor, de copia de la declaración jurada que dicho interventor prestó en la investigación preliminar. Anulado el auto expedido y se devuelven los autos originales a la Sala del tribunal de su procedencia.

  1. Derecho Penal--Juicio--Procedimientos Preliminares--Inspección de Documentos o Descubrimiento de Evidencia.--Los tribunales tienen autoridad para ordenar al fiscal, al así solicitarlo un acusado, que le entregue a éste o a su abogado cualquier declaración o confesión prestada durante la investigación preliminar del caso. El apartado 4 del art. 11 del Código de Enjuiciamiento Criminal no priva a los tribunales de esa autoridad.

  2. Id.--Denuncia, Declaración, Mandamiento, Examen y Encarcelación Preliminar-- Investigación Preliminar--Carácter Privado de la Misma.--El carácter privado del sumario fiscal se limita al examen de los testigos. No tiene, por tanto, dicho sumario fiscal carácter de secreto para el acusado en cuanto a la declaración o confesión que éste prestara en la investigación preliminar del caso.

  3. Id.--Juicio--Procedimientos Preliminares--Inspección de Documentos o Descubrimiento de Evidencia.--La orden de un tribunal al fiscal, a solicitud del abogado del acusado, para que entregue a dicho abogado o al acusado copia de la declaración o confesión que éste último prestó en la investigación preliminar del caso, no contraviene disposición constitucional o estatutaria alguna nuestra.

    Hon. Secretario de Justicia J. B.

    Fernández Badillo, Arturo Estrella, Secretario Auxiliar de Justicia y Alfredo Archilla Guenard, Fiscal del Tribunal Supremo, abogados del peticionario.

    Santos P. Amadeo, abogado del demandado.

    Brown, Newsom & Córdova y Pablo R. Cancio, abogados del interventor.

    OPINIÓN EMITIDA POR EL HON.

    JUEZ HERNÁNDEZ MATOS

    Félix Ramos Cruz fue acusado por un delito de asesinato en primer grado ante la Sala de San Juan del Tribunal Superior. [703] En el acto sobre lectura de la acusación ocurrió lo siguiente:

    "Sr.

    Juez:

    "¿Alegación?

    Entréguesele la copia de la acusación. ¿Alegación?

    "Lic.

    Cancio:

    "Sr.

    Juez, en este caso vamos a solicitar un término para hacer alegación, y mientras tanto solicitamos del tribunal que ordene al Fiscal que entregue a este abogado del acusado copia de una declaración jurada prestada por el acusado en la investigación del proceso. Entendemos que es indispensable para que este acusado pueda hacer una alegación inteligente tan pronto como Su Señoría determine la fecha. Es necesario que este abogado examine y estudie detenidamente esa declaración jurada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
25 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Mayo de 1960 - 81 D.P.R. 763
    • Puerto Rico
    • 12 Mayo 1960
    ...la intención legislativa autorizar la revisión por medio de dicho recurso." (Pág. 845.) 15. Véase también Pueblo v. Tribunal Superior, 80 D.P.R. 702 (1958) donde a petición del estado revisamos mediante una resolución del Tribunal Superior ordenando al fiscal entregarle al acusado copia de ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Septiembre de 1959 - 81 D.P.R. 554
    • Puerto Rico
    • 10 Septiembre 1959
    ...que se aplica al sumario de la investigación preliminar practicada por el fiscal en una causa criminal. Cf. Pueblo v. Tribunal Superior, 80 D.P.R. 702 (1958) y los casos allí citados en el escolio núm. 2. ¿Existe alguna base jurídica para esa contención deldemandante? Resolvemos que no. Sól......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 25 de Enero de 1963 - 87 D.P.R. 133
    • Puerto Rico
    • 25 Enero 1963
    ...el juicio público, para la admisión de estas confesiones voluntarias y libres. En Pueblo v. Tribunal Superior, Félix Ramos Cruz, Int., 80 D.P.R. 702, pág. 704, aunque a otros efectos, dijimos que la disposición final del Art. 11 no se refería al acusado. Es clara la improcedencia del precep......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 1 de Septiembre de 1961 - 83 D.P.R. 386
    • Puerto Rico
    • 1 Septiembre 1961
    ...jurada. Las últimas dos decisiones de este Tribunal relacionadas con la materia que ahora consideramos son Pueblo v. Tribunal Superior, 80 D.P.R. 702 (1958) y Pueblo v. Cortés, 79 D.P.R. 818 (1957). El primero no es autoridad para resolver el problema que plantea el caso de autos. No lo es,......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
24 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Mayo de 1960 - 81 D.P.R. 763
    • Puerto Rico
    • 12 Mayo 1960
    ...la intención legislativa autorizar la revisión por medio de dicho recurso." (Pág. 845.) 15. Véase también Pueblo v. Tribunal Superior, 80 D.P.R. 702 (1958) donde a petición del estado revisamos mediante una resolución del Tribunal Superior ordenando al fiscal entregarle al acusado copia de ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Septiembre de 1959 - 81 D.P.R. 554
    • Puerto Rico
    • 10 Septiembre 1959
    ...que se aplica al sumario de la investigación preliminar practicada por el fiscal en una causa criminal. Cf. Pueblo v. Tribunal Superior, 80 D.P.R. 702 (1958) y los casos allí citados en el escolio núm. 2. ¿Existe alguna base jurídica para esa contención deldemandante? Resolvemos que no. Sól......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 25 de Enero de 1963 - 87 D.P.R. 133
    • Puerto Rico
    • 25 Enero 1963
    ...el juicio público, para la admisión de estas confesiones voluntarias y libres. En Pueblo v. Tribunal Superior, Félix Ramos Cruz, Int., 80 D.P.R. 702, pág. 704, aunque a otros efectos, dijimos que la disposición final del Art. 11 no se refería al acusado. Es clara la improcedencia del precep......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 1 de Septiembre de 1961 - 83 D.P.R. 386
    • Puerto Rico
    • 1 Septiembre 1961
    ...jurada. Las últimas dos decisiones de este Tribunal relacionadas con la materia que ahora consideramos son Pueblo v. Tribunal Superior, 80 D.P.R. 702 (1958) y Pueblo v. Cortés, 79 D.P.R. 818 (1957). El primero no es autoridad para resolver el problema que plantea el caso de autos. No lo es,......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • Pueblo V. Velázquez Colón 2008 J.T.S. 144
    • Puerto Rico
    • Síntesis: Jurisprudencia Derecho Probatorio
    • 23 Septiembre 2017
    ...exculpatoria o de prueba favorable, sino el momento en que esta se entrega. Hace cincuenta años, en Pueblo v. Tribunal Superior y Ramos, 80 D.P.R. 702, 705 (1958), declaramos que por razón de que "[n]o se debe perder de vista que el objetivo de todo procedimiento judicial es el esclarecimie......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR