Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Noviembre de 1961 - 83 D.P.R. 878

EmisorTribunal Supremo
DPR83 D.P.R. 878
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 1961

83 D.P.R. 878 (1961) ZEQUEIRA V. MUNICIPAL HOUSING AUTHORITY OF THE CAPITAL

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

XAVIER ZEQUEIRA, demandante, recurrido y recurrente

vs.

MUNICIPAL HOUSING AUTHORITY OF THE CAPITAL OF PUERTO RICO, hoy CORPORACIÓN DE RENOVACIÓN URBANA Y VIVIENDA, demandante, recurrente y recurrida

Núm. 12378

83 D.P.R. 878

22 de noviembre de 1961

SENTENCIA de J.

M. Calderón, Jr. J. (San Juan), declarando con lugar demanda en cobro de dinero, e imponiendo a la demandada las costas y $7,000 para honorarios de abogado. Revocada, y se devuelve el caso para que se proceda a determinar el aumento en precio de acuerdo con los términos de la opinión.

  1. ACCIONES--FUNDAMENTOS Y CONDICIONES PRECEDENTES--PRESCRIPCIÓN DE UNA ACCIÓN--Examinada la prueba en este caso, el Tribunal concluye que la acción ejercitada en el caso de autos no está prescrita.

  2. CONTRATOS--INTERPRETACIÓN Y FORMA EN QUE OPERAN--REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN--TÉRMINOS DE LOS CONTRATOS Y ESTIPULACIONES DE LOS MISMOS--La interpretación de las cláusulas obscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que haya ocasionado la obscuridad.

  3. PALABRAS Y FRASES--CONTRATO DE ADHESIÓN--DEFINICIÓN DEL TÉRMINO--Son contratos de adhesión aquellos en que una sola de las partes dicta las condiciones del contrato, condiciones que ha de aceptar la otra parte contratante.

  4. CONTRATOS--INTERPRETACIÓN Y FORMA EN QUE OPERAN--MATERIA O ASUNTO DEL CONTRATO--CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS U OTRAS OBRAS--E contrato de obra pública es un típico contrato de adhesión.

  5. ID.--ID.--ID.--Un contrato otorgado entre un gobierno y una persona particular debe interpretarse como si se tratara de un contrato entre dos personas particulares. (Rodríguez v. Municipio 75:479, seguido.)

  6. ID.--ID.--ID.--CONTRATO DE ADHESIÓN--El contrato de adhesión presenta el fenómeno de una reducción al mínimo de la bilateralidad contractual.

  7. ID.--ID.--COMPENSACIÓN--PRECIO O IMPORTE DEL CONTRATO--VALOR RAZONABLE-- (Quantum Meruit), --El método del valor razonable (quantum meruit) de servicios prestados bajo un contrato se usa cuando se trata de una obligación implícita que surge de un contrato invalidado por alguna irregularidad en la forma de ejecutarlo. Se emplea dicho método cuando se trata de un precio pericial, supuesto un contrato de obras sin precio.

  8. ID.--ID.--ID.--ID.--AUMENTO DE PRECIO--El derecho de un contratista a pedir aumento de precio por servicios adicionales prestados es de aplicación cuando se trata de un precio reconciliado en un contrato de obras con precio fijo. El aumento en precio es el que resulta de una orden de cambio o de una exigencia adicional que produce, a su vez, un aumento en los jornales o materiales.

  9. ID.--ID.--ID.--ID.--VALOR RAZONABLE DE SERVICIOS PRESTADOS--Examinada la prueba en este caso, el Tribunal concluye que el método a ser utilizado para determinar el valor razonable de los servicios adicionales prestados bajo contrato debe ser el de "aumento de precio por aumento de obra" y no el método de "costo razonable" de dichos servicios adicionales.

Víctor Gutiérrez Franqui, Luis F. Sánchez Vilella, C. Morales, Jr., Elí B. Arroyo y Federico Ramírez Ross, abogados del demandante, recurrido y recurrente.

James R. Beverley, R. Castro Fernández y Francisco Castro Amy, abogados de la demandada, recurrente y recurrida.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON.

JUEZ BELAVAL

Sala integrada por el Juez Asociado señor Belaval, como Presidente de Sala, y los Jueces Asociados señores Santana Becerra y Blanco Lugo.

Estamos conformes con la ilustrada Sala sentenciadora, que en este caso, el contratista señor Zequeira fue obligado a hacer las terminaciones en las superficies de concreto de los edificios del caserío Luis Lloréns Torres, de acuerdo con la carta de interpretación de fecha 15 de septiembre de 1950 y no de acuerdo con el contrato firmado entre las partes el 12 de septiembre de 1950. La conclusión de hecho, en el sentido que, "cuando el contratista terminó de levantar las paredes en los edificios C-E, 9-E y 10-B y las presentó a inspección para que la Autoridad demandada aceptara las mismas y certificara el correspondiente trabajo terminado, el ingeniero supervisor de la construcción, representante de la demandada en dicho proyecto, le expresó al demandante que no podía recibir los mismos y que para aceptarlos estos tenían que estar terminados en la forma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
127 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 25 de Junio de 1996 - 141 DPR 139
    • Puerto Rico
    • 25 Junio 1996
    ...una sola de las partes dicta las condiciones del contrato, condiciones que ha de aceptar la otra parte contratante. Zequeira v. C.R.U.V., 83 D.P.R. 878 (1961). [18] No obstante, "debido a las revisiones en los términos y el lenguaje de la póliza, y debido a que una póliza en particular pued......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Febrero de 2003 - 158 DPR 562
    • Puerto Rico
    • 11 Febrero 2003
    ...una sola de las partes dicta las condiciones del contrato, condiciones que ha de aceptar la otra parte contratante. Zequeira v. C.R.U.V., 83 D.P.R. 878 (1961). Véase además Maryland Casualty Company v. San Juan Racing Ass'n Inc., 83 D.P.R. 559 (1961). [3] La peticionaria en el caso de autos......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2015, número de resolución KLAN201500767
    • Puerto Rico
    • 30 Noviembre 2015
    ...y la otra parte se limitó a aceptarlas, con el efecto de menoscabar el principio de bilateralidad. Id., que cita a Zequeira v. CRUV, 83 D.P.R. 878, 881 (1961). Debido a que la bilateralidad de las negociaciones queda reducida, con el propósito de promover la igualdad jurídica en materia de ......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2013, número de resolución KLAN201200318
    • Puerto Rico
    • 31 Enero 2013
    ...partes redacta los términos y condiciones del mismo y la otra parte se limita a aceptarlos o rechazarlos. Véase, Zequeira v. C.R.U.V., 83 D.P.R. 878 (1961); Maryland Cas’ y Co. v. San Juan Rac´g Assoc., Inc., 83 D.P.R. 559 (1961). Cuando surge una controversia sobre el significado o alcance......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
124 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 25 de Junio de 1996 - 141 DPR 139
    • Puerto Rico
    • 25 Junio 1996
    ...una sola de las partes dicta las condiciones del contrato, condiciones que ha de aceptar la otra parte contratante. Zequeira v. C.R.U.V., 83 D.P.R. 878 (1961). [18] No obstante, "debido a las revisiones en los términos y el lenguaje de la póliza, y debido a que una póliza en particular pued......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Febrero de 2003 - 158 DPR 562
    • Puerto Rico
    • 11 Febrero 2003
    ...una sola de las partes dicta las condiciones del contrato, condiciones que ha de aceptar la otra parte contratante. Zequeira v. C.R.U.V., 83 D.P.R. 878 (1961). Véase además Maryland Casualty Company v. San Juan Racing Ass'n Inc., 83 D.P.R. 559 (1961). [3] La peticionaria en el caso de autos......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2015, número de resolución KLAN201500767
    • Puerto Rico
    • 30 Noviembre 2015
    ...y la otra parte se limitó a aceptarlas, con el efecto de menoscabar el principio de bilateralidad. Id., que cita a Zequeira v. CRUV, 83 D.P.R. 878, 881 (1961). Debido a que la bilateralidad de las negociaciones queda reducida, con el propósito de promover la igualdad jurídica en materia de ......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2013, número de resolución KLAN201200318
    • Puerto Rico
    • 31 Enero 2013
    ...partes redacta los términos y condiciones del mismo y la otra parte se limita a aceptarlos o rechazarlos. Véase, Zequeira v. C.R.U.V., 83 D.P.R. 878 (1961); Maryland Cas’ y Co. v. San Juan Rac´g Assoc., Inc., 83 D.P.R. 559 (1961). Cuando surge una controversia sobre el significado o alcance......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
3 artículos doctrinales
  • El Arbitraje Dentro de la Contratacion Individual Patrono-Empleado en Puerto Rico y sus Implicaciones
    • Puerto Rico
    • UPR Business Law Journal Vol. 5 Núm. 1, Enero 2014
    • 1 Enero 2014
    ...DE OBLIGACIONES Y CONTRATOS, § 10.1, en la pág. 359 (2012). 77Id. 78Zequeira v. Municipal Housing Authority of the Capital of Puerto Rico, 83 DPR 878, 880 (1961). Véase González v. Cooperativa de Seguros de Vida de Puerto Rico, 117 DPR 659, 662 (1986); Maryland Casualty Co. v. San Juan Raci......
  • La injusticia de la justicia: la cláusula mandataria de arbitraje en el contrato individual de trabajo
    • Puerto Rico
    • UPR Business Law Journal Núm. 7-2, Julio 2016
    • 1 Julio 2016
    ...contractuales, la colectiva y la del trabajador individual. 392-VI JOSÉ VÉLEZ TORRES, CURSO DE DERECHO CIVIL 7 (1990). 40Zequeira v. CRUV, 83 DPR 878, 881 (1961) . 41CÓD. CIV. PR art. 1240, 31 LPRA § 3478 (1990). 42PUIG BRUTAU, supra nota 11, en la pág. 435. 43Id. en la pág. 434. 44Echandi ......
  • Lección VI. Interpretación del contrato
    • Puerto Rico
    • Lecciones-repaso: derecho de contratos
    • 27 Septiembre 2017
    ...un contrato de adhesión es aquel en el que una sola de las partes dicta las condiciones del acuerdo. Zequeira v. C.R.U.V., 1961, 83 D.P.R. 878. En dichos contratos, la libertad de contratación y consentimiento de una de las partes se reduce al mínimo. Núñez v. Cintrón, 1984, 115 D.P.R. 598.......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR