Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Octubre de 1961 - 83 D.P.R. 685
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 83 D.P.R. 685 |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 1961 |
83 D.P.R. 685(1961) CORTÉS PIÑEIRO V. SUCESIÓN DE CORTÉS MENDIALDÚA
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
ÁNGEL AMADO CORTÉS PIÑEIRO, también denominado ÁNGEL AMADO PIÑEIRO
y MARIA JESÚS PIÑEIRO SALVAT, asistida por su
defensor judicial GUMERSINDO ROMÁN, demandantes y recurrentes
vs.
SUCESIÓN DE AMELIO CORTÉS MENDIALDÚA, integrada por
JOSEFA ROJAS REYES y MERCEDES CORTÉS SAAVEDRA, demandada y recurrida
Núm. 12449
83 D.P.R. 685
6 de octubre de 1961
SENTENCIA SUMARIA de Jesús A. González, J. (Arecibo), declarando sin lugar demanda de Filiación, Nulidad de Sentencias y otros Extremos, con costas. Confirmada.
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REGLAS DE ENJUICIAMIENTO CIVIL--SENTENCIA--SENTENCIA SUMARIA --REGLA 56 DE 1943--EN GENERAL--PROPÓSITO DE LA REGLA--El propósito de la Regla 56 de las de Enjuiciamiento Civil--solicitar sentencia sumaría--es acelerar el procedimiento de aquellos pleitos en que realmente no existe una controversia genuina de hecho a ser juzgada. (Gaztambide v. Sucn. Ortiz, 70:412,
seguido.)
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ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--Presentada una moción solicitando se dicte sentencia sumaría, las partes vienen obligadas a demostrar que tienen prueba para sostener sus alegaciones.
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ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--Si una parte que solicita una sentencia sumaría une a su moción la prueba en que descansa su caso, la otra parte está en la obligación de demostrar que tiene prueba para sostener sus alegaciones.
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SENTENCIAS--DEJARLAS SIN EFECTO--PRESUNCIÓN DE VALIDEZ--Las sentencias dictadas por un tribunal de justicia tienen a su favor una presunción de validez y corrección.
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ID.--SENTENCIA SUMARIA--A VIRTUD DE MOCIÓN O DE PROCEDIMIENT SUMARIO--MOCIÓN U OTRA SOLICITUD--EN GENERAL--SU PROCEDENCIA--U moción solicitando se dicte una sentencia sumaría puede ser declarada con lugar aun cuando la demanda exponga hechos constitutivos de una causa de acción.
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ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ALEGACIONES--Al considerar la procedencia de una sentencia sumaría, las cuestiones suscitadas por las alegaciones no son decisivas, y el tribunal debe considerar las declaraciones juradas prestadas por las partes, así como cualquier otra documentación pertinente.
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ID.--ID.--ID.--PROCEDIMIENTOS--EVIDENCIA--PESO DE LA PRUEBA-- ( Burden of Proof).--La parte que solicite se dicte sentencia sumaría en un pleito está en la obligación de demostrar que en el mismo no hay controversia en cuanto a los hechos y que procede se dicte sentencia como cuestión de derecho.
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ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--Cuando solicitada sentencia su por una demandada dicha parte demuestra que no hay controversia en cuanto a los hechos y que procede se dicte sentencia como cuestión de derecho, el demandante no puede derrotar la moción cruzándose de brazos y descansar en lo expuesto en las alegaciones de su demanda. Este último está en la obligación de demostrar que tiene prueba para sustanciar sus alegaciones.
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ID.--A VIRTUD DE MOCIÓN O DE PROCEDIMIENTO SUMARIO--MOCIÓN V OTRA SOLICITUD--SU PROCEDENCIA--VISTA Y RESOLUCIÓN--Cuando solicitada sentencia sumaría basada en declaraciones juradas o en documentos admisibles en evidencia, la contraparte se cruza de brazos y nada hace en oposición a tal solicitud, la moción debe declararse con lugar, siempre que las declaraciones juradas u otros documentos radicados con ella demuestren que no existe controversia alguna sobre ningún hecho material. (Sánchez v. De Choudens 76:1, seguido.)
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REGLAS DE ENJUICIAMIENTO CIVIL--SENTENCIAS--SENTENCIA SUMARIA --REGLA 56 DE 1943--INTERPRETACIÓN DE LA REGLA--El propósito de la Regla 56 de las de Enjuiciamiento Civil era que, radicada una moción solicitando sentencia sumaría acompañada de documentos demostrando que no existía controversia alguna sobre ningún hecho material en el pleito, la persona contra quien se dirigía dicha moción, repeliera el ataque descubriendo los méritos de su caso en forma convincente.
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SENTENCIAS--SENTENCIA SUMARIA--SU PROCEDENCIA--DEBER DE LA PARTE CONTRA QUIEN SE DIRIGE--ALEGACIÓN DE FRAUDE EN LA DEMANDA--Un demandante que radica una demanda solicitando remedios a base de que ciertas sentencias anteriores se obtuvieron mediante fraude, está en la obligación--una vez que la demandada radica una moción de sentencia sumaría acompañada de declaraciones juradas y copias certificadas de dichas sentencias así como copia de las alegaciones a base de las cuales se dictaron--de presentar prueba para demostrar que podía sustanciar su alegación de fraude.
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ID.--ID.--ID.--ID.--ALEGACIÓN DE HIJO NATURAL RECONOCIDO EN UNA DEMANDA--Presentada una moción de...
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