Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Junio de 1967 - 95 D.P.R. 201

EmisorTribunal Supremo
DPR95 D.P.R. 201
Fecha de Resolución30 de Junio de 1967

95 D.P.R. 201 (1967)GALLART MENDIA V. GONZÁLEZ MARRERO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

JOAQUIN GALLART MENDIA, ETC., EX REL., MERCEDES GONZÁLEZ

PAGAN, representada por su esposo SERBULO ORTIZ LÓPEZ, demandantes y recurridos

vs.

ISMAEL GONZÁLEZ MARRERO, AUTORAMA DE PONCE, INC., demandados y recurrente la segunda

Núm. R-64-237

95 D.P.R. 201

30 de junio de 1967

SENTENCIA de A.

Cadilla Ginorio, J. (Ponce) declarando con lugar dos acciones de daños y perjuicios. Confirmada.

  1. COMPENSACIONES A OBREROS--EFECTO DE LA LEY SOBRE OTROS DERECHOS DE ACCIÓN Y DEFENSAS CONFERIDOS POR ESTATUTO O POR EL DERECHO COMÚN--ACCIONES CONTRA TERCERAS PERSONAS EN GENERAL POR LA LESIÓN O MUERTE DEL EMPLEADO--ACCIONES Y PROCEDIMIENTOS-- TÉRMINO PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN O PRESCRIPCIÓN--En casos de accidentes compensables del trabajo causados por un tercero, ni el obrero lesionado ni sus beneficiarios podrán presentar la correspondiente acción que tuvieren contra éste hasta después de transcurridos noventa días a partir de la fecha en que la resolución del Administrador del Fondo del Seguro del Estado fuere firme y ejecutoria.

  2. ID.--NATURALEZA Y FUNDAMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD DEL PATRONO--INTERPRETACIÓN DE ESTATUTOS Y FORMA EN QUE OPERAN--EN GENERAL--La Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo es una ley de dependencia y no de herencia.

  3. ID.--PERSONAS CON DERECHO A COMPENSACIÓN POR MUERTE DEL EMPLEADO--DEPENDIENTES EN GENERAL--EN GENERAL--Los beneficios económicos correspondientes por la muerte de un obrero protegido por la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo no pasan automáticamente a determinadas personas por el mero hecho de ser éstas técnicamente sus herederos de acuerdo con las disposiciones del Código Civil. Es la dependencia económica el factor básico para determinar si una persona tiene derecho a compensación como beneficiario del obrero fallecido.

  4. ID.--EFECTO DE LA LEY SOBRE OTROS DERECHOS DE ACCIÓN Y DEFENSAS CONFERIDOS POR ESTATUTO O POR EL DERECHO COMÚN-- ACCIONES CONTRA TERCERAS PERSONAS EN GENERAL POR LA LESIÓN O MUERTE DEL EMPLEADO--ACCIONES Y PROCEDIMIENTOS--TERMIN PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN O PRESCRIPCIÓN--Una vez que el Administrador del Fondo del Seguro del Estado determina que la única beneficiaria era la madre de un obrero fallecido--con exclusión de la sociedad de gananciales de la cual ella formaba parte así como de los hermanos de dicho obrero--era ésta la única persona impedida de iniciar una acción contra el tercero responsable de dicha muerte, antes de los noventa días que señala la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, plazo que está reservado para que dicho Administrador presente su demanda. Dicha limitación de noventa días no rige ni para dicha sociedad de gananciales ni para los hermanos del obrero fallecido, quienes pueden demandar a dicho tercero responsable en cualquier momento dentro del año de ocurrido el accidente.

  5. ID.--ID.--ID.--DERECHO DEL PATRONO O ASEGURADOR AL REMEDIO DEL EMPLEADO O DEL QUE LO REPRESENTA--SUBROGACIÓN EN O CESIÓN AL ASEGURADOR--Muerto un obrero en el curso de su empleo debido a la negligencia de una tercera persona, el Administrador del Fondo del Seguro del Estado queda subrogado en los derechos de la única beneficiaria--la madre casada del obrero fallecido--al alegar en la correspondiente demanda enmendada que se subrogaba en los derechos de la sociedad legal de gananciales constituida por los padres de dicho obrero.

  6. MUERTE--ACCIONES POR MUERTE CAUSADA--DERECHO DE ACCIÓN Y DEFENSAS--PERSONAS CON DERECHO A ESTABLECER O EJERCITAR LA ACCIÓN--PADRES--Una acción en daños por la muerte de un hijo corresponde a la sociedad de gananciales constituida por sus padres.

  7. COMPENSACIONES A OBREROS--EFECTO DE LA LEY SOBRE OTROS DERECHOS DE ACCIÓN Y DEFENSAS CONFERIDOS POR ESTATUTO O POR EL DERECHO COMÚN--ACCIONES CONTRA TERCERAS PERSONAS EN GENERAL POR LA LESIÓN O MUERTE DEL EMPLEADO--DERECHO DEL PATRONO O ASEGURADOR AL REMEDIO DEL EMPLEADO O DEL QUE LO REPRESENTA--

    SUBROGACIÓN EN O CESIÓN AL ASEGURADOR--No justifica la desestimación de una acción de daños y perjuicios incoada por el Administrador del Fondo del Seguro del Estado contra una tercera persona negligente causante de la muerte de un obrero asegurado bajo las disposiciones de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, la omisión por parte de dicho Administrador de notificar por escrito a la única beneficiaria del obrero fallecido dentro de los cinco días de radicada dicha acción, que había iniciado una acción subrogándose en sus derechos.

    Carlos A. Chavier Stevenson, abogado de la recurrente.

    Andrés Santiago Borges, Héctor Rivera Báez

    e Inez...

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