Con acceso total

Por Marga Parés Arroyo

mpares@elnuevodia.com

Según la decisión, para garantizar que este sector religioso pueda llevar su mensaje de evangelización sin ningún obstáculo, estas urbanizaciones deben proveerles los mecanismos de entrada (llave, beeper o el código de acceso) cuando no hay un guardia de seguridad privado en la entrada de estas comunidades.

El fallo de Gelpí destapa una caja de Pandora, ya que establece las bases para que otras organizaciones, religiosas o no, también exijan entrada a estas comunidades. Además, permitiría que esta orden se extienda a otros municipios de la Isla. Asimismo, podría replantear el futuro de urbanizaciones con acceso controlado en la medida que tal control parecería haberse esfumado.

De hecho, residentes en algunas de estas comunidades recibieron la determinación judicial con una ola de preocupación al interpretarla como un golpe a sus esfuerzos por sanear su entorno de la alta criminalidad generalizada en la Isla.

El juez federal Gustavo Gelpí les otorgó poco más de tres semanas -hasta el 17 de abril- para que los pueblos demandados (Bayamón, Ponce, Dorado, Gurabo, Caguas, Santa Isabel, San Juan y Trujillo Alto) se aseguren de que se cumpla con esta orden. De lo contrario, serían sancionados con una multa diaria de $100.

Para la licenciada Nora Vargas Acosta, representante legal de los Testigos de Jehová en el caso en cuestión, el dictamen de Gelpí fortalece tanto el derecho a la libre expresión, garantizado a nivel constitucional, como el derecho de la libertad de culto o religión.

"Me parece que es un reconocimiento importante", sostuvo.

Expertos en derecho coinciden en que la decisión de Gelpí era el curso natural que debía tomar esta controversia.

"Más que libertad de expresión, esto es un problema de acceso, del uso de calles y facilidades públicas", sostuvo la licenciada Ana Irma Rivera Lassén, presidenta del Colegio de Abogados.

Según el licenciado Carlos Ramos, aunque la decisión de Gelpí plantea "un remedio drástico", garantiza la libertad de culto, el derecho de una minoría religiosa aun por encima de los reclamos de seguridad de los residentes de estos lugares con control de acceso.

Tanto Rivera Lassén como Ramos coincidieron en que la resolución emitida obliga a reconsiderar la planificación de las ciudades y el repensar si el desarrollo futuro de proyectos de vivienda será con o sin control de acceso.

"Si prevalece esta decisión, lo que hace es obligar a repensar los accesos, (la...

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