Acción legitimada enmarcada en el tiempo

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas31-31

Page 31

Derecho Constitucional-Derecho Administrativo. La doctrina de la acción legitimada enmarcada en el tiempo no es otra cosa que la academicidad: el interés personal requerido debe existir al comienzo del litigio (standing) y debe continuar durante toda la duración del mismo (academicidad).En atención a ello, una variación en el trasfondo fáctico del caso o en el derecho aplicable puede tener el efecto de convertir en académica una controversia que, en sus orígenes, era justiciable.39

El caso de P.N.P., v. Sila María Calderón, 2007 J.T.S. 32, trata de un Recurso Apelativo Académico. El T.P.I. desestimó una demanda de injunction y sentencia declaratoria presentada por el P.N.P. contra Sila Calderón y el E.L.A.; se impugnaba la difusión de ciertos anuncios del gobierno, bajo la cláusula constitucional que prohíbe el uso de fondos públicos para fines privados. El Tribunal de Apelaciones confirmó. El P.N.P. recurrió al Tribunal Supremo. Por estar igualmente dividido, el Tribunal Supremo confirmó la decisión del foro apelativo intermedio. El P.N.P. solicita reconsideración. El Tribunal Supremo, mediante sentencia sin opinión, declara sin lugar la moción de reconsideración y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR