Acto ilegal a plena vista

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas37-37

Page 37

Procedimiento Criminal. La doctrina de acto ilegal a plena vista postula que no se requiere previa orden judicial para la incautación de evidencia a plena vista, evidencia arrojada o abandonada, evidencia obtenida en el transcurso de una persecución, evidencia obtenida en un registro administrativo de una actividad altamente regulada por el Estado; tampoco se requiere orden judicial cuando ha mediado consentimiento para el registro.42 Se trata de evitar con esta doctrina el testimonio estereotipado y es aplicable al acto-ilegal-a-plena-vista y a los casos de "la-evidencia-abandonada o lanzada al suelo".

1. Origen de la doctrina

Desde Coolidge v. New Hampshire, 1971, 531 U.S. 443, el Tribunal Supremo Federal reconoce la incautación por los agentes del orden público de evidencia a plena vista sin necesidad de una orden judicial siempre que el agente tenga una justificación para hallarse en el lugar desde el cual percibe inadvertidamente la evidencia.

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