Acuerdo Cooperativo Conjunto y Fondo Especial para servicios del U.S. Geological SurveyEnmienda Art. 2(ref.#405)

EventoLey
Fecha22 de Septiembre de 2004

Ley Núm. 405 de 22 de septiembre de 2004

(P. de la C. 4801)

Para enmendar el inciso 3 del Artículo 2 de la Ley Núm. 51 de 4 de enero de 2003, conocida como "Ley para el Acuerdo Cooperativo Conjunto y Fondo Especial para Servicios del U.S. Geological Survey", a los fines de incluir al Departamento de Salud y al Departamento de Vivienda entre las agencias que compondrán el Comité.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde el año 1970, tanto el Departamento de Salud como el Departamento de la Vivienda formaban parte del Acuerdo Cooperativo Sombrilla administrado por la Junta de Calidad Ambiental, establecido previo a esta Ley. Al momento de la aprobación de la Ley Núm. 51 de 4 de enero de 2003 por error no se incluyeron estas agencias como parte del Comité establecido en inciso 3 del Artículo 2.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Se enmienda el inciso 3 del Artículo 2 de la Ley Núm. 51 de 4 de enero de 2003, para que se lea como sigue:

Artículo 2.-Definiciones

.........

3. Comité. Será la Junta Ejecutiva del acuerdo Cooperativo y el cual estará constituido por un delegado designado por las siguientes Agencias o Instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; la Junta- de Calidad Ambiental; la Universidad de Puerto Rico; la Junta de Planificación; el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; Departamento de Agricultura; Departamento de Salud; Departamento de la Vivienda; Compañía de Fomento Industrial; la Compañía de Turismo; la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados; la Autoridad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR