Ley Núm. 137 de 09. Junio de 2003 de Enmienda Ley de Administración de Servicios Generales

EventoLey
Fecha 9 de Junio de 2003

(P. de la C. 3457)

Ley Núm. 137 de 9 de Junio de 2003

Para enmendar el inciso (v) del Artículo 14 de la Ley Núm. 164 de 23 de julio de 1974, según enmendada, mejor conocida como la "Ley de la Administración de Servicios Generales", a fin, de excluir al Instituto de Cultura Puertorriqueña de disposiciones específicas del registro único de licitadores, de las disposiciones del Registro Unico de Licitadores creado por virtud de la Ley Núm. 85 de 18 de junio de 2002.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El poder que emane de la confianza en nosotros mismos será fundamental a la hora de enfrentar los nuevos retos y oportunidades que nos brinde el nuevo milenio. A nivel colectivo, estas cualidades están íntimamente ligadas a la fuerza con que afirmemos nuestra identidad, nuestra personalidad como pueblo, nuestra puertorriqueñidad. La cultura es el elemento que nos define, que nos hace únicos y valiosos ante el mundo.

La conservación, promoción, enriquecimiento y divulgación de nuestros valores culturales es política pública del Estado Libre Asociado. Esta Administración está comprometida a proveer las herramientas necesarias para desarrollar y difundir nuestro acervo cultural.

El Instituto de Cultura Puertorriqueña es el organismo, creado por virtud de la Ley Núm.89 de 21 de junio de 1955, responsable de ejecutar la política pública en relación con el desarrollo de las artes, las humanidades y la cultura de nuestro pueblo. Esta misión es canalizada a través de sus programas o divisiones de Artes Populares y Artesanías, Museos y Parques, Arqueología y Etnohistoria, Teatro y Danza, Artes Plásticas, Archivo General, Promoción Cultural en los Pueblos, Música, Publicaciones y Grabaciones, Biblioteca General, Patrimonio Histórico Edificado y las oficinas de Revista y Apoyo a las Artes. Nosotros, el pueblo de Puerto Rico somos los clientes principales de todos los proyectos e iniciativas que realiza esta institución.

La Ley Núm. 85 de 18 de junio de 2002 enmendó la Ley Núm. 164 de 23 de julio de 1974, a fin de establecer el Registro Unico de Licitadores para las Agencias y Corporaciones Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El Registro Unico de Licitadores es parte del compromiso de esta Administración...

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