Ley Núm. 069 de 10 de Marzo de 2006 de Enmienda Art. 7 de la Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

EventoLey
Fecha10 de Marzo de 2006

Ley Núm. 69 de 10 de marzo de 2006

(P. de la C. 1558)

Para enmendar el inciso (g) del Artículo 7 de la Ley Núm. 211 de 2 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como "Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico", a los efectos de eximir, a las Organizaciones de fines no pecuniarios cuya misión sea la promoción del principio de la autogestión y el apoderamiento comunitario, según definido por la Ley Núm. 1 de 1 de marzo de 2001 conocida como "Ley para el Desarrollo Integral de las Comunidades Especiales de Puerto Rico", de los cargos que la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias pueda imponer por concepto de seminarios, adiestramientos, conferencias, talleres o cursos sobre el manejo de emergencias y desastres.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con el propósito de cumplir con el mandato ministerial de garantizar la seguridad pública de sus ciudadanos, el Gobierno de Puerto Rico creó la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico.

La sociedad moderna define el concepto manejo de emergencias como el proceso mediante el cual un pueblo prepara a su gente para lidiar con las consecuencias vinculadas con eventos naturales o eventos creados por el hombre.

Aunque el hombre no tiene la facultad de prevenir lo desconocido e inesperado, esta Agencia se creó bajo la premisa de que el Estado sí puede mitigar las consecuencias de lo inesperado si su gente está debidamente preparada.

A través de la historia hemos sido testigos de como nuestras comunidades marginadas han sido las más afectadas en situaciones de emergencias.

En algunas ocasiones, la causa para ello ha sido la falta de orientación sobre como proceder ante la emergencia, mientras que, en otras ocasiones, la razón ha sido la falta de prudencia asociada con desconocimiento de los riesgos inherentes a la emergencia. Eliminar estos factores podría convertirse en la diferencia entre salvar una vida y la muerte.

La Ley Núm. 1 de 1ro. de marzo de 2001, creó el Programa de Comunidades

Especiales de Puerto Rico.

Este programa pretende mejorar las condiciones de vida de las comunidades marginadas de nuestra isla.

Con esta iniciativa, nuestro gobierno sentó las bases para garantizar una mejor calidad de vida para nuestra gente.

Calidad de vida se puede traducir en mejores...

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