Alertan de tácticas dilatorias de aseguradoras para no pagar

Hay aniversarios que evocan dolor y otros, sirven para recordar alegrías, pero también hay fechas que literalmente pueden traducirse en un alivio, en especial, cuando hay millones de dólares en juego.Eso es lo que puede pasar con las aseguradoras de propiedad y contingencia en Puerto Rico el próximo 6 y 20 de septiembre de 2019, cuando vencería el plazo de dos años para reclamar pérdidas asociadas a los huracanes Irma y María, según los abogados Ricky Patel y Ángel E. Portilla, del bufete Farrell, Patel, Jomarron & López.De acuerdo a Patel y Portilla, en Puerto Rico, persiste la confusión en torno al tiempo límite para demandar a los aseguradores por reclamaciones no pagadas adecuadamente.En entrevista con este diario, Patel, cuya firma lleva años representando clientes residenciales y comerciales ante aseguradores luego de desastres como los huracanes Katrina, en Luisiana y Andrew, en la Florida, a pesar de que se alega que la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) y la Ley 242 aclaró los derechos que posee una persona o comercio para presentar una acción legal, la interpretación que se ha dado al Código de Seguros no ha sido validada por los tribunales. De igual forma, según Patel, aunque haya una reclamación en curso, cuando se acude al tribunal luego del tiempo establecido en la póliza, en la práctica, la primera línea de defensa que adoptan las aseguradoras es alegar que el plazo para llevarlas a la corte terminó.En ello coincidió Portilla al explicar también que si bien el año pasado, la OCS y el Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO) demandaron a las aseguradoras, el tribunal nunca entró en los méritos del caso. Esto, al concluir que el asunto se tornó académico una vez, la OCS adoptó la carta normativa a esos efectos y se aprobó la Ley 242, que solo aplica de manera prospectiva.En la línea, los municipiosEl año pasado expiró el plazo para que los dueños de residencias que no recibieron pagos razonables de...

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