Asoc. De Maestros V. Secretario, 1994, 137 D.P.R. 528

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas51-54

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Cláusula de Prohibición de Sostenimiento de Escuelas Privadas con Fondos Públicos.

Hechos: En 1993, se creó un Programa de Becas Especiales y Libre Selección de Escuelas mediante la aprobación de la Ley Núm. 71. El Programa administrado por una Oficina adscrita al Departamento de Educación cuenta con cuatro modalidades, consistentes en (i) permitir el traslado de estudiantes de escuela pública a cualquier otra escuela pública de su preferencia; (ii) permitir el traslado de estudiantes de escuela privada a cualquier escuela pública; (iii) facilitar, mediante un incentivo monetario, el que un estudiante se transfiera de una escuela pública hacia una privada; y
(iv) permitir y promover el que estudiantes talentosos tomen cursos en instituciones universitarias.

Al estudiante que se aprovecha de cualquiera de las primeras dos modalidades del Programa, se le concede un "vale educativo", el cual cuando es entregado a la escuela pública escogida, le da derecho a esta a reclamar al sistema un crédito de $1,500 para el mejoramiento de sus ofrecimientos educativos. La tercera modalidad de esta ley crea una beca especial de hasta $1,500 para sufragar los gastos de matrícula, libros y materiales escolares de los estudiantes de escuela pública que se transfieran a una privada. La cuarta modalidad ofrece becas especiales de hasta $1,500 para los estudiantes que tomen cursos universitarios.

La Asociación de Maestros de Puerto Rico impugna la constitucionalidad de las becas especiales que sirven de incentivo para el traslado de estudiantes de escuela pública a escuelas privadas, creadas por el Art. 6(c) de la Ley 71.

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El Tribunal Superior concluyó que la Asociación tenía legitimación activa para instar la demanda; que tres modalidades de la ley son programas constitucionalmente válidos, pero la modalidad establecida por el Art. 6(c) es inconstitucional por infringir la Sec. 5 del Artículo II de la Constitución.

El Estado recurre ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si es constitucional la disposición de la Ley Núm. 71 que crea incentivos económicos para ayudar a padres de estudiantes de escuela pública a transferir a sus hijos a una escuela privada.

Decisión del Tribunal Supremo: El programa de becas especiales establecido por el Art. 6(c) de la Ley 71 es inconstitucional por estar reñido con la Sec. 5 del Artículo II de la Constitución, que prohíbe la utilización de fondos públicos para el sostenimiento de instituciones educativas que...

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