El asomo de una Constitución de factura más estrecha: una mirada crítica al caso Ex parte A.A.R., 187 D.P.R. 835 (2013)
Autor | John J. Feliciano Acosta |
Páginas | 1-21 |
12014 Revista de estudios cRíticos del deRecho
1
El asomo de una Constitución de factura más estrecha: una mirada
crítica al caso Ex parte A.A.R.,187 D.P.R. 835 (2013)
John J. Feliciano Acosta1
I. Introducción
Tenía 14 o 15 años cuando en mis clases de religión se comenzó a discutir el
homosexualismo y lesbianismo. Los maestros eran cautelosos al hablar del tema,
pero no eran neutrales. En sus palabras había un tono subyacente: se respeta, pero
es “pecado”. En ocasiones se realizaban debates sobre el tema. Mientras algunos
de mis compañeros discutían, prefería arrinconarme en el último pupitre de la
última la como mero espectador con actitud de “eso no es conmigo”. Realmente,
¿eso no era conmigo? Mucho peor, era sobre los demás, sobre algunas de mis
mejores amistades. Pero esto no lo comprendí hasta que uno de mis mejores
amigos reveló que era homosexual. Fueron muchas las ocasiones en que asumí el
rol de condente, escuchando historias sobre el rechazo familiar que sufría. Como
si años de crianza y cariño por parte de su familia, hubieran sido tachados por su
orientación sexual. Nunca conoceré de primera mano las angustias de mi amigo.
Sin embargo, este escrito apareja un sincero intento de aportar a la lucha contra el
discrimen que sufre mi amigo y la comunidad LGBTT2 en general.
Nos encontramos en un punto histórico en el cual, el debate sobre los derechos
de la comunidad LGBTT está o ha llegado a su pico. El enfoque de la lucha por
los derechos de la comunidad se ha jado al matrimonio. No obstante, es de
sospecharse que, como sucedió con Loving v. Virginia, 388 U.S. 1 (1967), una
decisión a favor de la comunidad LGBTT en torno al matrimonio, no dispone de
todos los obstáculos que han impuesto las leyes, tanto en nuestro país como en los
Estados Unidos.
1 El autor es estudiante de tercer año de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana
de Puerto Rico.
2 Comunidad lésbica, gay, bisexual, transexual y transgénero.
Revista de estudios cRíticos del deRecho2TOMO X
La Semana Santa fue la época que encuadernó los debates sobre la igualdad.
Las pancartas y los megáfonos fueron como las espadas en una batalla de grandes
proporciones, solo que esta vez el lugar del enfrentamiento de ideas lo fue el
Tribunal Supremo de Estados Unidos. Se trata de una escena similar a la de
Loving v. Virginia, en la cual se invocaban pasajes de la Biblia para justicar el tan
arraigado discrimen por raza en el contexto del matrimonio.3
Puerto Rico no fue un mero espectador de estos debates, pues un mes antes,
el Capitolio fue el escenario de manifestaciones dicotómicas: en el ala norte
se encontraban los defensores de la “familia” y en el ala sur los pocos, pero
incansables luchadores por la igualdad.4 Es preciso señalar que el propósito de la
marcha religiosa o en pro de la “familia tradicional” era demostrar su oposición a
un proyecto del Senado de Puerto Rico que busca extender ciertas protecciones a
las parejas del mismo sexo.5 Sin duda, si se tratara de una medición de números,
existe una mayoría, por lo visto en la antedicha manifestación, que se opone al
reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTT. Esto, sin embargo,
nos plantea una interrogante que resurge en debates constitucionales: ¿se deben
democratizar los derechos de las minorías? En otras palabras, ¿debe una mayoría
obstaculizar el reconocimiento de los derechos de una minoría precisamente
porque “esa es la visión de la mayoría y vivimos en una sociedad democrática”?
La contestación a esta pregunta constituye uno de los principios subyacentes de
este escrito. En primera instancia, parecería que la contestación a esta interrogante
debe ser en la armativa. No obstante, serios cuestionamientos a esta visión nos
inclinan a contestar en la negativa.
En el ámbito jurídico no hemos estado huérfanos de estos debates.6 Parece ser
que el mundo académico favorece en su gran mayoría el reconocimiento de los
llamados “gay rights”. No empece a esta posición de la academia, no está muy
claro el estándar, escrutinio o principio que debe guiar las opiniones judiciales de
nuestro Tribunal Supremo o el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
3 El caso de Loving v. Virginia, 388 U.S. 1 (1967), se discutirá de manera más profunda adelante.
No obstante, vale aclarar que dicho caso fue enfático en que la prohibición de matrimonios
interraciales era un discrimen por raza, independientemente de que la ley en Virginia aplicara
a los negros y blancos por igual.
4 Véase: El Nuevo Día. “Miles protestan en contra de enmiendas que protegen a
la comunidad LGBTT”, sitio web “El Nuevo Día”, entrada del 18 de febrero de
2013, consultado el 24 de marzo de 2013. URL: http://www.elnuevodia.com/
milesprotestanencontradeenmiendasqueprotegenalacomunidadlgbtt-1451294.html
5 Véase: Pueblo v. Ruíz Martínez, 159 D.P.R. 194 (2003)
6 Se trata de un debate tan polarizante que ocho de 9 Jueces que component el Tribunal Supremo
de Puerto Rico escribieron opiniones en el caso eje de este escrito.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba