Banco Bilbao Vizcaya V. E.L.A. 2016 T.S.P.R. 52

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas114-115

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Confiscación.

Hechos: El 5 de enero de 2011, el Estado ocupó y confiscó un vehículo de motor presuntamente utilizado en violación a los Arts. 5.04 y 5.06 de la Ley de Armas. Basado en estos mismos hechos, el Estado presentó cargos criminales en contra de Luis Marzán Oyola y Teddy Báez Rijos. En el caso de Marzán Oyola los cargos fueron desestimados porque la vista preliminar no se celebró dentro de los sesenta días de su arresto, según dispone la Regla 64(n)(6) de Proc. Criminal. Mientras que los cargos contra Báez Rijos fueron desestimados porque este no fue presentado a juicio dentro de los ciento veinte días siguientes a la lectura de la acusación, conforme a la Regla 64(n)(4) de Proc. Criminal.

Como parte de las demandas civiles de impugnación de confiscación previamente presentadas y consolidadas, tanto Reliable Financial Services y Triple-S Propiedad Inc., como Marzán Oyola, presentaron sus respectivas solicitudes de sentencia sumaria, donde alegaron que el Tribunal debía anular la confiscación realizada, como consecuencia del resultado favorable obtenido por los imputados en el caso penal. El T.P.I. declaró ha lugar la solicitud de dictamen sumario y ordenó la devolución del vehículo confiscado. De acuerdo al foro primario, no procedía la aplicación de la nueva normativa establecida en la Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011 porque ese no era el derecho vigente al momento de la confiscación. Por lo tanto, concluyó que desestimados los cargos criminales procedía la anulación de la confiscación realizada.

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El Estado acudió ante el T.A. El T.A. se limitó a expresar que confirmaba "la sentencia sumaria mediante la cual el T.P.I. determinó que ante la confiscación indebida y en ausencia de otra prueba que justificara la confiscación realizada, procedía la devolución del vehículo". El Estado acudió ante el Tribunal Supremo para solicitar revisión de la Sentencia únicamente en lo que concierne al caso KLAN2012-00497. Denegada la petición de certiorari, presentada y evaluada la...

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