Ley Núm. 50 de 04. Enero de 2003 de Enmienda Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos

EventoLey
Fecha 4 de Enero de 2003

(P. de la C. 959)

Ley Núm. 50 de 4 de enero de 2003

Para enmendar el último párrafo de la Sección 6 de la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos", a fin de incluir en el plan de beneficio de servicios, tanto la operación de extirpar el seno (mastectomía) como cualquier cirugía reconstructiva, post mastectomía, necesaria para la recuperación física y emocional de la paciente.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tiene un alto interés de velar por la salud física y emocional de todos sus ciudadanos siendo un grupo nutrido de éstos, los empleados públicos sobre quien recae un peso gigantesco de los logros de nuestra gesta gubernamental. Es por ello, que resulta imperioso ofrecer a éstos aquellos derechos que redunden en beneficio de su salud física y mental.

Para lograrlo debemos identificar aquellas situaciones que requieren de nuestra inmediata intervención legislativa. Siendo el cáncer en el seno uno de los males más aterradores que puede afectar a una mujer y a todo su núcleo familiar resulta imperioso enmendar la "Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos" a fin de incluir en el plan de beneficio de servicios, tanto la operación de extirpar el seno (mastectomía) como cualquier cirugía reconstructiva, post mastectomía, necesaria para la recuperación física y emocional de la paciente.

Con esta acción la Asamblea Legislativa extiende su mano a las cientas de familias puertorriqueñas que se adentran a la lucha contra el cáncer del seno y...

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