Burgos Santiago V. U.I.A., 2016 T.S.P.R. 30
Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
Páginas | 78-79 |
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Derecho Laboral, Procedimiento Sumario de la Ley Núm. 2. Resolución del Tribunal No Ha Lugar con Voto Particular.
El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un Voto Particular.
Las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 2-1961 requerían que el Tribunal Supremo aclarara y precisara si los procedimientos postsentencia contenidos en las Reglas de Procedimiento Civil de 2009 están disponibles para los casos tramitados al amparo de la misma.
Hechos: La Universidad Interamericana de Puerto Rico compareció ante el Tribunal para cuestionar la Sentencia emitida por el T.A. el 16 de diciembre de 2015, notificada el 28 de enero de 2016, mediante la cual el T.A. desestimó un recurso de apelación presentado por la Universidad al concluir que carecía de jurisdicción para atenderlo. El T.A. resolvió que el mecanismo de reconsideración, dispuesto en la Regla de Procedimiento Civil resulta inconsistente con la naturaleza del procedimiento sumario dispuesto en la Ley Núm. 2, y sus enmiendas. A su vez, la Universidad presentó una solicitud de auxilio de jurisdicción para paralizar los procedimientos pautados por el T.P.I.
Controversia: Si este tipo de moción postsentencia está disponible antes de que la parte pueda acudir en revisión ante un foro apelativo.
Fundamentos legales: El procedimiento sumario en los casos de reclamaciones laborales tiene como finalidad proveer un mecanismo procesal que aligere los trámites, con el fin de implantar la política pública del Estado de proteger el empleo, desalentar el despido sin justa causa y proveer al obrero despedido con medios económicos para su subsistencia.
En cuanto a la aplicabilidad de las Reglas de Procedimiento Civil al trámite al amparo de la Ley Núm. 2, esta dispone que "se aplicarán las Reglas de Procedimiento Civil en todo aquello que no esté en conflicto con las disposiciones específicas de las mismas o con el carácter sumario del procedimiento establecido". Para determinar si procede aplicar una norma procesal específica, resulta necesario examinar si la regla procesal civil implicada es conflictiva o contraria con alguna disposición específica de la ley especial, y con el carácter sumario del procedimiento.
En Aguayo Pomales v. R & G, Mortg., 2006, 169 D.P.R. 36, el Tribunal concluyó que una moción de determinaciones de hechos y conclusiones de derecho adicionales podía ser presentada en un procedimiento instado al amparo de la Ley Núm. 2. Al así resolver, el Tribunal concedió...
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