Casi 700 cajeros ATM no tributan

Por miguel díaz román

miguel.diaz@gfrmedia.com

A pesar de la grave crisis económica que experimenta el gobierno central y la mayoría de los municipios del país, el negocio lucrativo de las máquinas conocidas como ATM no está aportando a la economía lo que debiera, por falta de regulaciones. Las empresas dueñas de estas máquinas o sus intermediarios vendrían obligados a pagar patentes a los municipios, la contribución mueble al CRIM y registrarse en Hacienda y radicar las planillas del IVU, aunque no deban cobrar el impuesto.

Esas obligaciones están reguladas por la Ley 113 del 10 de julio de 1974, conocida como la Ley de Patentes Municipales; la Ley 83 de 1991 o Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad; y el Código de Rentas Internas vigente, que, entre otras contribuciones, contempla el IVU.

Según la OCIF y datos recopilados por la empresa Cardtronics, que es uno de los operarios de la industria de cajeros independientes, en Puerto Rico existen poco más de 2,500 cajeros.

Unos 1,365 de ellos pertenecen a los ocho bancos que operan en la Isla, según los registros de la OCIF. Según Cardtronics, existen otros 1,200 cajeros aproximadamente que están vinculados a las siete empresas independientes que operan este tipo de negocio. Según un representante de la industria, cerca de 700 no pagan ningún tributo.

Por medio de las tarjetas de débito o de crédito, los consumidores hacen retiros de su cuenta bancaria a través de los cajeros de su propio banco o de los cajeros independientes, que cobran una tarifa entre $1.50 y $2.00 por transacción. Contrario a la operación de los cajeros independientes, los bancos o instituciones financieras sí son fiscalizados y deben remitir sus pagos al erario por concepto de las transacciones originadas en sus máquinas ATM.

Una investigación realizada por este diario arrojó que el CRIM desconoce la cantidad de cajeros operados por las empresas independientes y si están pagando sus contribuciones. Incluso, no puede precisar si están registradas debidamente en el organismo. La contribución mueble que impone el CRIM aplica al dinero en efectivo que se encuentra depositado dentro de los cajeros y al valor de estas máquinas expendedoras de dinero. La tasa de esta contribución oscila entre 8.73 por ciento y 11.33 por ciento.

En los municipios la situación es muy parecida, según constató este diario en cuatro municipios de una pujante actividad económica y representativos del norte, sur, este y oeste de la Isla...

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