Colegio De Ingenieros V. A.A.A. 1992, 131 D.P.R. 735

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas41-44

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Autenticación.

Hechos: El Colegio de Ingenieros y Agrimensores solicitó al Tribunal Superior que dictase sentencia declaratoria en contra de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados y de Metcalf & Eddy, Inc. El Colegio cuestionó la legalidad de ciertas cláusulas de un contrato de servicios profesionales celebrado entre la Autoridad y Metcalf porque, alegadamente, reservaba a Metcalf ciertas funciones que constituían práctica de la ingeniería. Por tratarse Metcalf de una corporación, y siendo que las corporaciones no pueden ejercer la ingeniería en Puerto Rico, el Colegio alegó que dichas cláusulas contravenían las leyes que regulan la práctica de tal profesión. El Colegio pidió al Tribunal que se declarasen nulas e ineficaces todas aquellas cláusulas del contrato en las cuales se concede facultad a Metcalf para preparar especificaciones de diseño,

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construcción y ejecución, interpretar planos de construcción y especificaciones, revisar y evaluar el trabajo de diseño e ingeniería en progreso, revisar y aprobar dibujos de taller y supervisar los trabajos de construcción para asegurar su ejecución conforme a planos y especificaciones.

Las codemandadas presentaron sendas mociones de sentencia sumaria para que se desestimase la demanda del Colegio. Ambas aceptaron haber suscrito un contrato de servicios profesionales. Metcalf señaló que el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de Puerto Rico había emitido una Orden en contra de la Autoridad a fin de que esta cumpliese con las disposiciones del "Clean Water Act" en cuanto a la reparación, rehabilitación, mejoras y mantenimiento de sus plantas de tratamiento de aguas usadas. Debido a que la Autoridad se encontraba en violación de dicha Orden, contrató a Metcalf, corporación con amplia experiencia en asuntos de reglamentación ambiental y exigencias de la E.P.A., para que le ayudase a cumplir con lo ordenado por el Tribunal Federal. Metcalf es una corporación organizada conforme a las leyes del estado de Delaware y autorizada a hacer negocios en Puerto Rico. Las codemandadas argumentaron que la controversia se había tornado académica por cuanto todos los servicios de ingeniería estaban a cargo de colegiados debidamente autorizados a ejercer la profesión y ya no estaban a cargo de la corporación Metcalf & Eddy. El foro de instancia declaró sin lugar las mociones de las codemandadas.

La Autoridad y Metcalf acuden ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el Colegio de...

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