Comentario al art. 110 del Código Penal, sobre lesión negligente

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas153-153

Page 153

El delito de Lesión Negligente es un delito menos grave que se configura cuando: (1) una persona le causa una lesión a otra persona; (2) dicha lesión requiere hospitalización, tratamiento prolongado o genere un daño permanente o lesiones mutilantes; (3) la lesión se produce mediante negligencia.

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