Comentario al art. 142 del Código Penal, sobre proxenetismo, rufianismo y comercio de personas agravado

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas190-190

Page 190

Se trata del delito agravado cuando la víctima es menor de edad; cuando el sujeto activo se vale del engaño, violencia, abuso de autoridad o cualquier medio de intimidación o coacción; cuando la víctima es un familiar del sujeto activo y cuando la persona acusada promueve la prostitución o sodomía de más de una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR