Comentario al art. 168 del Código Penal, sobre grabación ilegal de imágenes

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas215-215

Page 215

El delito se comete mediante la vigilancia secreta con equipo electrónico o digital de video, con o sin audio, en lugares donde la persona posee una expectativa de privacidad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR