Comentario al art. 188 del Código Penal, sobre reproducción y venta sin el nombre y dirección legal de fabricante

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas228-229

Page 229

La Ley Núm. 121/ 2006 adicionó al Código Penal de 2004 los Arts. 191-A y 191-B, a los fines de tipificar como delito la operación ilegal de cualquier aparato de grabación en los teatros de películas cinematográficas, la reproducción y venta sin autorización de obras audio-visuales, la venta y alquiler no autorizado de obras audiovisuales y para adicionar varias definiciones. La Exposición de Motivos de la Ley Núm. 121, expresa:

Durante los últimos años la piratería de películas se ha convertido en un gran problema para las compañías cinematográficas, la industria del cine en general y para el Gobierno de Puerto Rico. De acuerdo con datos de la Asociación Americana de Cinematografía (MPAA por sus siglas en inglés), la industria del cine deja de recibir sobre tres mil millones de dólares de ingresos a causa de la piratería de películas a nivel mundial. No es raro hoy día conseguir el último estreno de una película antes de que sea puesto en el mercado a un precio mucho menor al...

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