Comentario al art. 247 del Código Penal, sobre obstrucción de acceso o de labores en instituciones de enseñanza y de salud o edificios en donde se ofrecen servicios gubernamentales al público

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas279-279

Page 279

El Art. 247 fue derogado mediante la Ley Núm. 10/2013.

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