Comentario al art. 260 del Código Penal, sobre oferta de soborno
| Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
| Páginas | 287-289 |
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Son elementos esenciales del delito de oferta de soborno, los siguientes: (1) dar u ofrecer dinero o cualquier beneficio; (2) que la dación u ofrecimiento se haga a un funcionario o empleado público, ya sea directamente a él o a través de un intermediario, y (3) que la dación u ofrecimiento se haga con el propósito de que dicho empleado o funcionario realice un acto regular de su cargo o función.
El autor de este delito puede ser cualquiera, inclusive un funcionario público. La ley claramente dispone que se penaliza a toda persona por el delito, independientemente de su posición. La conducta constitutiva del delito es dar o prometer beneficios o dinero a un funcionario para que realice o deje de realizar un acto relativo a sus funciones. El delito se configura cuando se ofrece o se da el soborno. Se viola el artículo cuando la propuesta llega al funcionario. No se requiere que el funcionario acepte el soborno; por eso no es esencial un codelincuente.
El funcionario debe tener la competencia dentro de su cargo para hacer lo que se ha acordado a cambio del beneficio que se le ofrece. En Pueblo v. Bigio Pastrana,294 el Tribunal señala que el artículo tipifica los delitos que violan el orden moral y los valores fundamentales de la administración pública puertorriqueña. "Esta no sufre quebrantos en su patrimonio con la actividad deshonesta de sus servidores; pero la venalidad de los mismos, que se enriquecen prevaliéndose de la autoridad del cargo que desempeñan y de las funciones que ejercen, lesionan con su conducta la dignidad y el decoro de la Administración pública".
En el presente caso, al acusado apelante se le imputó el delito de oferta de soborno en su modalidad de darle o prometerle a un funcionario o empleado público, directamente o a través de un intermediario, dinero o cualquier
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beneficio para que realizara un acto regular de su cargo o función. El Tribunal Supremo, señala:
El Art. 212 condena...
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