Comentario al art. 33 del Código Penal, sobre temor insuperable

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas61-61

Page 61

De acuerdo con el artículo transcrito, está exento de responsabilidad criminal la persona que obra compelida por un temor insuperable. Este tipo de miedo no excluye la voluntariedad de la acción, sino que la priva de la normalidad necesaria para que pueda imputarse penalmente al sujeto.

Según expresa Santiago Mir Puig (pág. 597), mientras que a veces se ve en el miedo insuperable una causa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR