Commoloco V. Benitez, 1990,126 D.P.R. 748

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas220-221

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Sueldos de Empleados de Corporación Pública Exentos de Embargo. Hechos: Dentro de un período corto de tiempo fueron presentados ante el Tribunal Supremo siete recursos donde básicamente se plantean idénticas cuestiones de hecho y derecho. En cada uno de estos casos el demandante en cobro de dinero, lo fue una compañía de préstamos personales pequeños y el demandado un empleado de una corporación pública. Específicamente, seis de estos laboran en la A.A.A. y uno en la Autoridad de Carreteras.

En cada uno de los casos, el tribunal de instancia dictó sentencias favorables a la parte demandante. Las partes que prevalecieron en los pleitos solicitaron y obtuvieron de los respectivos tribunales, órdenes de embargo de salarios dirigidas a las corporaciones públicas para las cuales trabajaban los demandados. Ante tales circunstancias, las referidas corporaciones públicas obtuvieron autorización para intervenir en los procedimientos con el propósito de presentar argumentos en favor de que se dejaran sin efecto las órdenes de embargo.

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Los tribunales de instancia acogieron el planteamiento en cuatro de los siete casos consolidados, mientras que en los restantes tres, determinaron que a las corporaciones públicas no le son aplicables los principios que fundamentan la prohibición de embargo de los sueldos de los empleados públicos.

Controversia: Si los sueldos de los empleados de una corporación pública están o no sujetos a embargo.

Decisión del Tribunal Supremo: Resuelve que los sueldos de empleados de una corporación pública no están sujetos a embargo, al estimar que están presente las mismas consideraciones que fundamentan la norma de que los sueldos de los empleados públicos no están sujetos a embargo. Fundamentos legales: Los sueldos de los empleados y funcionarios del gobierno están exentos de embargo, en virtud de consideraciones de orden público. Los sueldos de los empleados de una corporación pública están exentos de embargo, por las mismas consideraciones que los sueldos de los empleados del gobierno. La prohibición de embargo a los sueldos de empleados públicos es aplicable tanto a sueldos aun sin devengar como a los ya devengados, en tanto estos se hallen en poder del Estado.

Una corporación...

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