'La composición del centro de trabajo cambió'

A una década de que se aprobara en Puerto Rico la ley para prohibir el discrimen por orientación sexual e identidad de género en el empleo, el panorama laboral en la isla es muy diferente a lo que era hace diez años. Particularmente para las personas trans, es evidente que en el ámbito laboral todavía hay un camino por recorrer para cumplir cabalmente con esta ley.La Ley para Prohibir el Discrimen por Orientación Sexual e Identidad de Género en el Empleo, aprobada en mayo de 2013, obliga a los patronos a tener la ley en un lugar visible, mantener la confidencialidad de las personas sobre su identidad de género y orientación sexual y a establecer un protocolo para atender las querellas por discrimen.La abogada versada en temas laborales María Judith Marchand Sánchez, explicó que las personas trans están protegidas por varias leyes a la hora de garantizar sus derechos en el empleo: la Constitución, la Ley 22 de 2013, la Ley 90 de 2020 que prohíbe el acoso laboral y la Ley 100 de 1959 que prohíbe el discrimen en el empleo."No hay duda que la composición del centro de trabajo cambió. El tema de las personas trans ha tomado mayor visibilidad y notoriedad no solo en la música, los deportes, la belleza y el entretenimiento, sino también en el empleo", afirmó la también socia capital de Ferraiuoli LLC.Mencionó que existen ya entidades federales que han creado nuevos formularios para que las personas puedan identificarse con el género no binario, mientras que para solicitar un pasaporte, el proceso de cambiar el marcador de género es ahora sencillo.En Puerto Rico, dijo, la primera protección llega por virtud de la Constitución."La Constitución, en su artículo dos, nos habla de que la dignidad del ser humano es inviolable y que el discrimen está prohibido en el centro de trabajo", recordó. "En Puerto Rico tenemos legislación puntual y específica".Recordó que existe además jurisprudencia federal que establece "que tomar medidas adversas contra una persona trans por el hecho de ser trans, viola la Constitución de Puerto Rico, estatutos locales y está violando el Título 7 de Estados Unidos".La abogada afirmó que estas protecciones están para las personas trans que ya tienen un trabajo, los que hayan completado su transición o los que estén en proceso. De igual forma, cobija a las personas en el proceso de conseguir un trabajo.Una persona trans no está obligada a revelar nada sobre su proceso, ni al empleador ni durante las entrevistas, según la abogada...

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