D.A.C.O. V. Farmacia San Martín, 2009 J.T.S. 5

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas262-264

Page 262

Facultad de D.A.C.O. para Inspeccionar Recetarios en las Farmacias. Hechos: Un investigador del D.A.C.O. realizó una inspección de rutina en la Farmacia San Martín Barceloneta, Inc. El funcionario encontró varios medicamentos expirados que estaban preparados para despacho. El D.A.C.O. emitió un Aviso de Infracción en contra de la Farmacia San Martín por violación a los artículos 5 y 6 del Reglamento de Calidad y Seguridad. En dicho aviso, la agencia le notificó a la Farmacia la imposición de una multa administrativa por la suma de $3,000.00.

La Farmacia San Martín solicitó una vista administrativa ante el D.A.C.O. Alegó que los inspectores de dicha agencia carecen de autoridad legal para inspeccionar los medicamentos que estén en el recetario y que se encuentren fuera del alcance del público. Además, adujo que ninguno de los medicamentos expirados estaba expuesto para la venta ni fue vendido a consumidor alguno. Finalmente, la Farmacia San Martín arguyó que la multa impuesta en su contra era ilegal, excesiva y confiscatoria.

El D.A.C.O. determinó que la Farmacia San Martín violó el Art. 6(1) del Reglamento de Calidad y Seguridad por exponer para la venta productos farmacéuticos con fecha de expiración vencida. Por ende, confirmó la imposición de la referida multa administrativa de $3,000.00. El T.A. revocó la resolución recurrida. El D.A.C.O. acude ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el D.A.C.O. tiene la autoridad para realizar inspecciones en el recetario de una farmacia. De contestar dicha interrogante en la afirmativa, si la mencionada agencia puede imponerle multas administrativas a tales establecimientos por encontrar medicamentos expirados en su recetario, aun cuando una ley especial faculta al Departamento de Salud a regular todo lo relativo a la manufactura, distribución y venta de productos farmacéuticos.

Decisión del Tribunal Supremo: Resuelve que D.A.C.O. tiene autoridad para inspeccionar los recetarios en las farmacias, con miras a referir al Departamento de Salud las posibles infracciones para que dicha agencia tome la acción correspondiente. Es el Departamento de Salud, no el D.A.C.O., el foro administrativo con facultad para imponer una multa por medicamentos expirados. La resolución administrativa, mediante la cual se le impuso a la Farmacia San Martín una multa de $3,000 por infringir el Reglamento de Calidad y Seguridad, no debe prevalecer, dado que la Ley de Farmacia y el Reglamento del Secretario

Page ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR