El perdón de los 100 días

Por Mildred Rivera Marrero

mrivera1@elnuevodia.com

Las personas que cualifican para acogerse a la amnistía son aquellas que tienen deudas de propiedad mueble e inmueble del 2012 hacia atrás. Y aquellos que no hayan radicado planillas sobre propiedad mueble correspondiente al año 2012 o periodos anteriores podrán radicarlas y pagar su deuda mediante un solo pago correspondiente al principal de su obligación sin incluir intereses, recargos y penalidades. La "Ley ponte al día en el CRIM" no está disponible para deudas correspondientes al año fiscal 2013-2104.

El estatuto, aprobado durante la pasada sesión extraordinaria de la Legislatura, también permite que el CRIM elimine deudas para las que no se hayan hecho gestiones de cobro correspondientes a: deuda de propiedad mueble de más de 10 años y de propiedad inmueble de más de 15 años.

Aunque la deuda contabilizada por el CRIM suma $3,400 millones, incluyendo intereses, recargos e intereses, la agencia espera recaudar $60 millones en ese periodo de 100 días, explicó el presidente de la Junta del CRIM y alcalde de Río Grande, Eduard Rivera Correa. Eso significa que, en ese periodo, la agencia dejaría de allegar $3,340 millones de lo que tiene como deuda.

"La crisis fiscal es lo que ha afectado el pago de los contribuyentes", dijo en conferencia de prensa el director ejecutivo del CRIM, Víctor Falcón.

Con el fin de recaudar más dinero, la ley que viabiliza esta amnistía también incluyó un plan de pagos para que los deudores puedan cumplir su obligación por concepto de propiedad mueble e inmueble en plazos de hasta cuatro años. Rivera Correa señaló que es la primera vez que se permite pagar una amnistía mediante un plan de pagos y que se hizo en reconocimiento a la crisis económica que afecta al país.

Rivera Correa explicó que las personas que salden su deuda en un pago no tendrán que pagar intereses, pero los que se acojan a un plan de pago tendrán que pagar inicialmente el equivalente al 10% del principal de su deuda. En caso de que el acuerdo sea saldar la deuda en un año, el contribuyente no tendrá que pagar intereses. Pero, si el término es mayor, deberá pagar el 10% del principal, más intereses sobre la deuda restante, que se acumularán a una tasa de 5%, 7% y 10% en plazos de dos, tres y cuatro años, respectivamente.

Esta amnistía es la tercera que ofrece el CRIM en la última década para tratar de levantar fondos, siempre con el argumento de que los municipios necesitan una inyección de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR