Ley Núm. 43 de 17 de Abril de 2008 de Enmienda Sec. 3 de Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Evento | Ley |
Fecha | 17 de Abril de 2008 |
Ley Núm. 43 de 17 de abril de 2008
(P. del S. 1643)
Para enmendar la Sección 3 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico”, a fin de incluir como deberes del Departamento el proveer orientación a las instituciones de educación postsecundaria, públicas y privadas, en torno a las demandas actuales y necesidades reales del mercado de empleo, a fin de que dichas entidades cuenten con ese beneficio al momento de revisar sus currículos.
Con el propósito de equiparar la preparación académica de nuestros jóvenes profesionales y aumentar tanto sus oportunidades de empleo como la calidad de servicio de nuestros ciudadanos frente a la competencia internacional, entendemos necesaria la cooperación del Gobierno de Puerto Rico a las instituciones postsecundarias para que éstas puedan ofrecer en sus currículos los cursos y destrezas necesarias para satisfacer la demanda del mercado de empleo. El mercado de empleo en Puerto Rico es uno competitivo y particular. Las necesidades y demandas del mismo son cambiantes, debido a diversos factores tanto internos como externos.
El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un ente fundamental en la administración de la política pública sobre la preparación de los recursos humanos. Entre sus objetivos se encuentra la capacitación de los ciudadanos para que puedan aprovechar las oportunidades de empleo disponibles.
Por otro lado, las instituciones de educación superior son las responsables de la preparación de muchos de los jóvenes que entran al mercado laboral anualmente. En ocasiones se intenta medir a una educación superior por su tasa de retención o su cantidad de graduandos, sin embargo, queda pendiente la aportación que brinda ese graduado como miembro del mercado laboral. Para esto, es necesario que las instituciones cuenten con la información de la demanda del mercado al momento de preparar su oferta académica o currículo, buscando así aumentar las oportunidades de empleo de esos jóvenes al momento de graduarse.
Esta Asamblea Legislativa reafirma su compromiso con la educación postsecundaria y en la creación de oportunidades de empleo a los jóvenes graduados. De esta manera, entendemos que el Gobierno ayudará a promover el desarrollo académico dirigido a las necesidades...
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