Derechos de los empleados a tiempo parcial: Un estudio comparativo de Puerto Rico, Estados Unidos, Chile, España e Inglaterra

AutorIsa Mabel Santori Rodríguez
CargoCandidata a Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico en mayo de 2013
Páginas103-133
__________________________________________________________________________________________________________
*Isa Mabel Santori Rodríguez es candidata a Juris Doctor de la Escuela de Derecho de la
Universidad de Puerto Rico en mayo de 2013. Se graduó Summa Cum Laude de la Facultad
de Administración de Empresas con concentraciones en Recursos Humanos y Finanzas de la
Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras. La autora quisiera extender sus más
sinceros agradecimientos a la s y los editores del University of Puerto Rico Business Law
Journal, por sus comentarios y dirección durante el proceso de edición d e este artículo. Este
trabajo es producto del seminario Derecho del Trabajo Internacional Comparado Laboral de
los profesores Jorge Farinacci Fernós y Jaime Sanabria Montañéz.
DERECHOS DE LOS EMPLEADOS A TIEMPO PARCIAL: UN ESTUDIO
COMPARATIVO DE PUERTO RICO, ESTADOS UNIDOS, CHILE,
ESPAÑA E INGLATERRA
ISA MABEL SANTORI RODRÍGUEZ*
I. Introducción ................................................................................................... 103
II. Empleados a tiempo parcial Definiciones y problemas .......................... 104
III. Derechos de los empleados a tiempo parcial ............................................ 109
A. Puerto Rico Jurisdicción federal y estatal ......................................... 109
B. Convenios internacionales ................................................................... 119
C. Chile ........................................................................................................ 121
D. Unión Europea ....................................................................................... 124
1. España ................................................................................................. 127
2. Inglaterra ............................................................................................. 130
IV. Conclusión: Necesidad de regulación para los empleados a tiempo parcial
en la jurisdicción de Puerto Rico ...................................................................... 132
I. INTRODUCCIÓN
Con gran probabilidad la mayoría de los lectores, en algún momento
de sus vidas, han trabajado en una jornada a tiempo parcial. La calidad de la
experiencia laboral de tal empleo varía de persona a persona, desde gratas
experiencias de crecimiento personal y profesional, hasta momentos que no
se quisieran volver a recordar jamás. Por otra parte, algunos dirán que
escogieron esta jornada para poder estudiar y trabajar. Otros dirán que el
empleo a tiempo parcial es una manera de poder tener más tiempo para
asuntos personales. Podrán haber aquellos para los cuales ese empleo
constituya un complemento para una compensación devengada de otro
104
U.P.R. Business Law Journal
Vol. 4
trabajo. Finalmente habrá quienes digan que esa jornada era la única que
tenían disponible.
En Puerto Rico existe una cantidad significativa de empleados a
tiempo parcial. Sin embargo, no existe legislación que atienda directamente
esta modalidad de empleo, resultando desventajada en términos de
beneficios frente a los trabajadores a tiempo completo. Por tal razón, se
dicutirá parte de la legislación estatal y federal aplicable a Puerto Rico
relacionada al empleo y analizaremos el alcance que tiene esta sobre el
empleo a tiempo parcial. Asimismo, se estudiarán las disposiciones sobre el
contrato de empleo a tiempo parcial de los ordenamientos de Chile, España e
Inglaterra, en búsqueda de una idea de cómo otras jurisdicciones se han
enfrentado a la regulación del empleo a tiempo parcial. Finalmente , se
planteará la necesidad de que en Puerto Rico exista legislación comprensiva
que atienda directamente esta relación de trabajo particular. Sin embargo,
resulta imperioso sentar las bases y definir el concepto de empleado a tiempo
parcial.
II. EMPLEADOS A TIEMPO PARCIAL DEFINICIONES Y PROBLEMAS
La diversidad del mercado laboral, así como la multiplicidad de clases
de empleados provoca que exista una gran dificultad en definir con certeza
qué constituye un empleado a tiempo parcial. Es por esta razón que previo a
presentar las disposiciones legales que cobijan o excluyen a los empleados de
tiempo parcial, es necesario realizar un esfuerzo por definir el concepto. De
este modo alcanzaremos realizar un análisis comparativo más comprensivo
de los derechos de los trabajadores con una jornada parcial de empleo.
Desde 1945 la Organización Internacional del Trabajo (en adelante, la
OIT) reconoció la figura del trabajo a tiempo parcial como una categoría o
modalidad distinta del trabajo a tiempo completo. Sin embargo, no fue hasta
la década de los 90's cuando la figura se comenzó a plasmar de forma jurídica
en diversos países.
1
La OIT define el empleado a tiempo parcial como “todo
trabajador asalariado cuya actividad laboral tiene una duración normal
inferior a la de los trabajadores a tiempo completo en situación
1
Véase Sandra Leiva, El trabajo a tiempo parcial en Chile, ¿constituye empleo precario?
Reflexiones desde la perspectiva de género, ENE. 2000, CEPAL, http://www.eclac.org/
publicaciones/xml/4/4344/lcl1301e.pdf.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR