Le devuelven poderes al Colegio de Abogados

Por Ivelisse Rivera Quiñones

ivelisse.rivera@gfrmedia.com

La Ley 6 le regresa al Colegio de Abogados la facultad de recibir ingresos de la venta del sello notarial. De ahora en adelante, el Colegio recibirá el 80% del producto de las ventas del sello. Mientras, la Asociación de Notarios de Puerto Rico recibirá el restante 20%.

El Colegio, con la Ley 5, también vuelve a tener la facultad de expedir fianzas notariales, más podrá administrar el Fondo de Fianza Notarial. Esta capacidad le fue retirada al Colegio y le fue otorgada a la Oficina del Comisionado de Seguros durante el cuatrienio pasado.

El tercer estatuto, la Ley 4, establece que los expedientes de los abogados ante el Colegio son propiedad de la entidad y que si el profesional no está colegiado y así lo desea puede pedir copias de sus documentos.

Según Bernier, con estas leyes firmadas por el gobernador Alejandro García Padilla antes de su viaje a Brasil, donde se...

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