Dudas con el alcalde interino

Por Yaritza Santiago Caraballo

ysantiago1@elnuevodia.com

Sin embargo, el memorando en el que anuncia el nombramiento viola la Ordenanza Municipal 68 del 2001-2002, que dispone que el vicealcalde asumirá las funciones del ayuntamiento en caso de que el alcalde esté inhabilitado para hacerlo.

El vicealcalde Lisandro Reyes explicó ayer que la ordenanza dispone que el orden de sucesión en caso de que el alcalde no pueda ejercer el cargo es el siguiente: vicealcalde, secretario municipal y en tercer lugar el administrador municipal.

Reyes aseguró que no existe ninguna disputa entre él y Galán. Agregó...

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