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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO HIPÓLITO TRINIDAD MALDONADO HC 01 BOX 7768 SABANA HOYOS PR 00688 PETICIONARIO EX-PARTE CIVIL NUMERO: AR2019CV02265 SOBRE: INFORMACIÓN DE DOMINIO EDICTO EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, a todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en 1a Petición de Dominio, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar 1a inscripción solicitada, dueños anteriores de la propiedad y/o sus herederos o causahabientes a todos los colindantes, causahabientes o0 herederos y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezcan, si creyeran que les conviene, a este Honorable Tribunal, dentro de veinte (20) días a partir de la publicación de este Edicto, el que se publicara por tres (3) veces y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por el peticionario para adquirir el dominio de la siguiente propiedad: RUSTICA: Predio de terreno localizado en el barrio Arrozal de Arecibo Puerto Rico. con una cabida superficial de QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO CINCO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS DE TERRENO. En lindes por el NORTE, con Ermelinda Román por el SUR, con Jorge Adorno; por el ESTE, con camino municipal y por el OESTE, con Rafael Suárez. No consta inscrita en el Registro de la Propiedad. CODIFICACIÓN: 077-000-008-26-000 Debe notificar con copia de sus a1egaciones a la representación legal de e1 promovente LCDO. LUIS A. ARROYO VÁZQUEZ Box 9247 Cotto Station Arecibo, Puerto Rico 00613. Tel. 879-1985. En Arecibo Puerto Rico a de 04 Dec 2019. Vivian Y. Fresse Gonzalez Secretaria Por: Brunilda Hernández Méndez Sub-SecretariaESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS JESÚS ALBERTO GÓMEZ TOLEDO, su esposa JUANITA CARRASQUILLO SANTANA y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta PETICIONARIOS EX PARTE CIVIL NUMERO: SL201900376 SOBRE: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DEL DOMINIO, USUCAPIÓN EDICTO EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Todas las personas interesadas que tengan algún derecho real sobre el inmueble objeto de este expediente de dominio y a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción de dicho inmueble. Por la presente se les notifica que si lo creyeran conveniente, comparezcan ante este Tribunal dentro de los veinte días siguientes a partir de la última publicación de este edicto y expongan lo que a su derecho convenga en el expediente de dominio promovido por la parte peticionaria para inscribir su derecho de dominio sobre la siguiente finca: RÚSTICA: Parcela sita en la comunidad rural Sector Gómez del barrio Valenciano del término municipal de Juncos, Puerto Rico, con una cabida superficial de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1,481.485 m/c) en lindes por el NORTE con ALFREDO GÓMEZ TOLEDO, por el SUR con JORDAN GÓMEZ, por el ESTE con HERMÓGENES GÓMEZ TOLEDO y ARLENE COMAS y por el OESTE con CAMINO MUNICIPAL Deben notificar con copias de sus alegaciones al abogado de la Peticionaria, Lcdo. Manuel A. Rivera Lugo, Ave. Padre Rivera # 11 Este Humacao, P.R. 00791. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal en Caguas Puerto Rico a Jan 02 de 2020 Carmen Ana Pereira Ortiz SECRETARIA POR: Glorissette Rivera Reyes SecretariaEstado Libre Asociado de Puerto Rico en el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de FajardoHéctorWilliam Viera PeñaDemandanteVsLucianette SánchezLebrónDemandadaCivil Número: FA2019RF-308, Sobre: Divorcio (Ruptura Irreparable). EDICTO> Estados Unidos de América, El Presidente de los E. U., El Estado Libre Asociado de P.R. A: Lucianette Sánchez Lebrón, 62 Isabel CT, Buffalo, NY 14207. Por la presente se le notifica que la parte demandante, Hector William Viera Peña, ha presentado ante este Tribunal demanda contra usted solicitando la concesión del siguiente remedio: Divorcio por la causal de Ruptura Irreparable. Representa a la parte demandante, la Abogada cuyo nombre y dirección se consignan de inmediato: Lcda. Leticia Dávila Cruz, 10 Calle San Rafael, Fajardo, Puerto Rico 00738. Teléfono: (787) 863-5860, Fax: (787) 860-3892. Email: leticiadavila_cruz@yahoo.com. Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de treinta (30) días, a partir de la publicación del Edicto, podrá dictarse Sentencia en Rebeldía en su contra, concediendo el remedio solicitado en la demanda. Dada en Fajardo, Puerto Rico, a 31 de diciembre de 2019. Wanda Seguí Reyes, Secretaria. Por: (Nombre Ilegible), Sub-SecretariaESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE JUANA DIAZBANCO POPULAR de PUERTO RICODemandantevs.CAMIL MARRERO MORALESDemandadaCIVIL NÚM JD2019CV00516 Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA "IN REM" EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: CAMIL MARRERO MORALES DIRECCIONES: URB. HACIENDA CONCORDIA 186 CALLE MARGARITA SANTA ISABEL PR 00757 y/o HC 1 BOX 3595, VILLALBA, PR 00766-9790 y/o PO BOX 317 VILLALBA, PR 00766. Por la presente se les notifica que se ha radicado en su contra una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. En dicha demanda se solicita el pago de $98,244.79 por concepto de principal, más los intereses acumulados desde el 1 de enero de 2017, más recargos por mora pactados; mas 10% del pagaré original por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado; más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. Dicha deuda se encuentra garantizada con una hipoteca sobre un inmueble ubicado en URB. HACIENDA CONCORDIA, 186 CALLE MARGARITA SANTA ISABEL PR, la cual será ejecutada y vendida en pública subasta de no realizarse el pago por la suma adeudada. Se le emplaza y requiere para que notifique a la Lcda. Lynn M. Carey Félix, Bufete CANCIO, NADAL, RIVERA & DIAZ; PO Box 364966, San Juan, Puerto Rico 00936-4966; Tel. (787) 767-9625, abogados de BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, con copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto y deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá anotarle la rebeldía y dictar sentencia en rebeldía en su contra, sin más citarle ni oírle, concediendo el remedio solicitado o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción lo entiende procedente. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADO en Juana Díaz Puerto Rico hoy 20 de diciembre de 2019 Luz Mayra Caraballo García SECRETARIA Regional Keilene Rodríguez Meléndez Secretaria AuxiliarESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUASBANCO POPULAR de PUERTO RICODemandanteVS.MIRIAM PAGAN TORRES y laSUCESIÓN deJOSEPH JOHN RIVERAAMALBERTcompuesta porJOSEPH JOHN RIVERA PAGAN, JULIÁN JAVIER RIVERA PAGAN y MIRIAM PAGAN TORRES, JOHN DOE & RICHARD ROE,Administraciónpara elSUSTENTO de MENORESDemandadosCIVIL NÚM. E CD 2015-0382 SALÓN NÚM. 703 ACCIÓN CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Parte DEMANDADASECRETARIO de HACIENDA de...

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