Enclave federal

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas232-234

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Relaciones Federales. Cuando los hechos en controversia se suscitan dentro de una base militar de los Estados Unidos en Puerto Rico, el conflicto jurisdiccional se resuelve bajo la doctrina de "enclave federal", con arreglo a la cual, aunque el Congreso federal tenga jurisdicción exclusiva para establecer el derecho que regirá dentro de las bases militares de los Estados Unidos, esto no implica que los tribunales federales tengan jurisdicción exclusiva para dilucidar las controversias. Dentro de las bases militares de los Estados Unidos, el gobierno federal tiene jurisdicción exclusiva en el ámbito legislativo, mas no en el judicial.

1. Base jurídica

La doctrina de enclave federal se deriva del Art. I, sección 8, cláusula 17, de la Constitución federal, que dispone: "El Congreso tendrá facultad: [...]

Para ejercer el derecho exclusivo a legislar en todas las materias concernientes a aquel distrito (cuya superficie no excederá de diez millas en cuadro) que, por cesión de algunos estados y aceptación del Congreso, se convierten en la sede del Gobierno de los Estados Unidos; y para ejercer igual autoridad sobre todas aquellas tierras adquiridas con el consentimiento de la Asamblea Legislativa del estado en que radicaren, con el fin de construir fuertes, almacenes, arsenales, astilleros y otras edificaciones que fueren necesarias [...]".

Por tanto, el Congreso federal posee jurisdicción exclusiva para establecer el derecho que regirá dentro de las bases militares de los Estados Unidos. La Constitución confiere al Congreso la facultad de ejercer el derecho exclusivo

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a legislar en todas las materias sobre las tierras adquiridas con el consentimiento del Estado en que radicaren con el fin de construir fuertes, almacenes, arsenales, astilleros y otras edificaciones que fueren necesarias.

2. Antecedentes históricos

Las Secciones 5 y 6 de la Ley de 16 de febrero de 1903 -"Ley autorizando al Gobernador de Puerto Rico para traspasar ciertos terrenos a los Estados Unidos para fines navales o militares y para otros fines públicos"-, disponían:

"Sección 5.- Que se de y por la presente se da, el consentimiento a los Estados Unidos para adquirir, para fines navales o militares y otros fines públicos, por compra o expropiación forzosa, cualesquiera terrenos en la Isla de Puerto Rico, y cuando fuesen adquiridos en esta forma y los Estados Unidos hayan tomado posesión de los...

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