ENMIENDA A LA REGLA NUMERO 97 DEL REGLAMENTO DEL CODIGO DE SEGUROS DE PUERTO RICO, TITULADA "INTERMEDIARIOS DE REASEGURO". Se enmienda el Articulo 5 de la Regla Num. 97, con el propósito de actualizar sus disposiciones y conformarlas con los estandares de reglamentacion promulgados por la Asociacion Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC, por sus siglas en ingles) en su ley modelo conocida como "Reinsurance Intermediary Model Act".

Número de reglamento9071
Fecha11 Febrero 2019
EmisorOficina del Comisionado de Seguros
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR