Enmienda el Reglamento Num. 1: establece precios minimos de $0.31625 a ser pagados por el elaborador de leche al procesador de leche o a otro elaborador por leche que no sea excedente. Anulado 7018

Fecha13 Noviembre 1978
Número de reglamento2451
EmisorOficina de la Industria Lechera
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