Ley Núm. 244 de 15. Agosto de 1999 de Enmienda Ley de Seguro de Préstamos Hipotecarios

EventoLey
Fecha15 de Agosto de 1999

LEY NUM. 244 DEL 15 DE AGOSTO DE 1999

Para enmendar el inciso 2 del Artículo 23.010 de la Ley Núm. 12 del 11 de marzo de 1976, según enmendada, conocida como "Ley de Seguro de Préstamos Hipotecarios", a fin de aumentar la garantía inmobiliaria autorizada de un noventa y cinco por ciento (95%) del valor razonable del inmueble en el mercado a un noventa y siete por ciento (97%) garantizado mediante hipoteca, escritura de fideicomiso, o cualquier otro instrumento constitutivo de primera carga o gravamen sobre la propiedad inmueble.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con anterioridad a la aprobación de la Ley de Seguro de Préstamos Hipotecarios, la familia puertorriqueña tenía limitadas opciones para adquirir el financiamiento de la propiedad que le serviría de residencia. Muy pocos compradores podían ajustar su presupuesto al tipo de interés que la institución financiera le requería cuando finalmente le concedía el préstamo. La razón principal para que las reservas concedieran los beneficios de un préstamo hipotecario lo fue el alto riesgo de un colapso económico que podían correr dichas instituciones en el caso de que los compradores se encontrasen imposibilitados para realizar los pagos requeridos por su deuda.

Sin embargo, los seguros hipotecarios han logrado que el mercado de la adquisición de bienes raíces haya alcanzado la magnitud que tiene en el Puerto Rico de fin de siglo. Mediante la Ley de Seguro de Préstamos Hipotecarios se han establecido los parámetros que han de regular las compañías aseguradoras que han optado por llevar al consumidor la posibilidad de adquirir un préstamo hipotecario con más facilidad que en décadas anteriores.

El seguro de garantía de hipoteca que existía en el 1976, cuando se crea la Ley, lo fue el de la F.H.A., que comenzó operaciones en el año de 1933. Otra porción sustancial de hipotecas ha estado garantizada por la Administración de Veteranos, la cual limita sus beneficios al grupo que constituyen los veteranos con derechos a préstamos. La escasez en garantía de préstamos hipotecarios se ha debido en Puerto Rico mayormente a que la ley de seguros local anterior a la actual enmendada, no proveía las reglamentaciones, disposiciones y responsabilidades que le aseguran al banco o institución financiera la solvencia de la compañía aseguradora y el cumplimiento de los contratos asumidos.

El...

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