Ex Parte: Asociación Periodistas, 2014T.S.P.R.102

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas232-235

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Resolución Nunc Pro Tunc sobre la autorización del uso de cámaras y video en los tribunales. Voto de Conformidad y Voto Particular de Conformidad.

Hechos: El 15 de agosto de 2014, la Asociación de Periodistas de Puerto Rico y otros comparecieron ante el Tribunal Supremo mediante una moción

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denominada Reiteración de Petición Especial de Autorización para el Uso de Cámaras Fotográficas y Equipo Audiovisual en los Procesos Judiciales al amparo de la Ley de la Judicatura del E.L.A. de Puerto Rico y del Poder Inherente y Constitucional de la Rama Judicial para Regular sus Procedimientos. Solicitaron que autoricemos la grabación y transmisión por cámaras fotográficas y equipo audiovisual de la vista de sentencia pautada para el 4 de septiembre de 2014 en el caso Pueblo v. Quiñones Rivera. Señalan que la lectura de sentencia está pautada para el 4 de septiembre de 2014.

Decisión del Tribunal Supremo: Autoriza, a modo de excepción, la cobertura y transmisión de la referida vista de sentencia según el procedimiento dispuesto a continuación:

La grabación y transmisión en vivo de la vista se hará a través de un sistema portátil que la Oficina de Prensa y Relaciones con la Comunidad de la Oficina de Administración de los Tribunales. El mismo permite la instalación de cámaras de video en las salas de los tribunales y la transmisión remota de las imágenes captadas por éstas a los distintos medios de comunicación. El Director de la Oficina de Prensa, el Sr. Daniel Rodríguez León, estará encargado de coordinar todo lo relacionado con la grabación y transmisión en vivo de la vista de sentencia mediante este sistema remoto. Todos los interesados deberán coordinar con el señor Rodríguez León para obtener acceso remoto a la transmisión en vivo de la vista.

Por otra parte, a los fines de asegurar la solemnidad y el decoro del proceso judicial, se...

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