Fulana De Tal V. Demandado, 1995, 138 D.P.R. 610

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas261-263

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Derecho del Público y la Prensa de Acceso a los Procedimientos Judiciales Civiles. Amplitud Excesiva y Vaguedad. Censura Previa. Efecto Inhibitorio. Derecho a la Información y Libertad de Prensa.

Hechos: Los hechos pertinentes a esta controversia surgen de la relación personal que existió entre las demandantes-recurrentes y el demandadorecurrido durante el período de octubre de 1989 hasta enero de 1991. Sutana de Cual sostuvo una relación amorosa con el demandado desde octubre de 1989 hasta octubre de 1990. Por su parte, Fulana de Tal sostuvo una relación amorosa con este desde marzo de 1990 hasta enero de 1991. Durante el período de duración de ambas relaciones, las demandantes tuvieron relaciones sexuales con el demandado, relaciones que, en varias ocasiones, fueron grabadas por este, alegadamente sin el consentimiento de ellas.

Al enterarse de la existencia de dichas películas, así como del hecho de que las mismas habían sido copiadas y distribuidas, Fulana de Tal y Sutana de Cual presentaron una acción de daños y perjuicios contra el demandado por violación a su dignidad, integridad personal e intimidad. Alegaron, en esencia, que la grabación y posterior reproducción de dichas películas sin su consentimiento les había causado daños irreparables. Las demandantes presentaron una moción solicitando injunction preliminar y permanente para que se consignaran en el tribunal todas las copias de las películas pertinentes y no se divulgara el contenido de las mismas ni la identidad de las partes. El tribunal de instancia denegó la moción y determinó proseguir con el juicio en sus méritos. Luego de concluir el descubrimiento de prueba, se señaló vista en su fondo para los días 7 y 8 de diciembre de 1994.

El día de la vista, las demandantes solicitaron al Tribunal Superior que, al momento de presentar en evidencia las películas pertinentes, la prensa y el público en general desalojaran la sala. El tribunal determinó que el público tendría que desalojar la sala durante la presentación de la filmación, mas no así la prensa. A solicitud de las demandantes, el tribunal de instancia

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suspendió la vista para darles oportunidad a estas a recurrir en auxilio de jurisdicción al Tribunal Supremo.

Controversia: Si unas demandantes que acuden al tribunal para proteger su derecho a la intimidad tienen derecho a que la prensa sea excluida de sala durante la presentación de unas películas en las que aparecen sosteniendo relaciones sexuales...

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