Un reclamo fundamental 'EL DERECHO A TENER DERECHOS'

Por Keila López Alicea

keila.lopez@elnuevodia.com

Pero más que un requisito burocrático, el certificado de nacimiento emitido por el Registro Demográfico es la evidencia que otorga el Estado para reconocer legalmente el nacimiento de un persona y, por consiguiente, que es un ser humano con derechos y responsabilidades.

El artículo 6 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que todo ser humano tiene derecho a que se reconozca su personalidad jurídica, un concepto que garantiza que una persona sea visible y real ante el Estado.

"La personalidad jurídica es la puerta para todos los demás derechos", expresó la directora de la Clínica Internacional de Derechos Humanos de la Universidad Interamericana, Annette Martínez.

El reconocimiento de la personalidad jurídica obliga a que los gobiernos reconozcan que una persona es un sujeto de derechos, señaló Martínez.

Es así que los seres humanos pueden reclamar otros derechos.

"Si no se reconoce tu personalidad jurídica, no pueden reclamar tu derecho a la educación, tu derecho a la salud, el derecho a un trabajo digno", señaló la abogada Eva Prados, asesora legal de la Unión Americana para las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés).

El reconocimiento de este derecho busca evitar que existan distintas categorías de ciudadanos o clases a las que no le apliquen los mismos derechos, explicó la directora administrativa de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), la juez Sonia Ivette Vélez Colón.

En palabras más simples, es el "derecho a tener derechos", sostuvo la juez, citando a la jurista alemana Hannah Arendt.

"Todo ser humano, por el mero hecho de serlo, es titular de derechos y obligaciones, por lo que es merecedor de que se le reconozca el ejercicio pleno de los derechos y libertades fundamentales con independencia de su raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier condición", destacó Vélez.

"De este modo, poblaciones históricamente vulnerables como los niños, las mujeres, los negros, los refugiados, entre otros grupos discriminados, se convierten igualmente en sujetos merecedores de protección jurídica como expresión de la esencial igualdad humana propia de una sociedad global civilizada", añadió la juez administradora.

En Puerto Rico, el Código Civil reconoce la personalidad jurídica a partir del nacimiento. "El ser humano es persona y adquiere personalidad y capacidad jurídica...

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