O.E.G. V. Santiago, 2013 J.T.S. 34

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas146-148

Page 146

Reglas legislativas. Revisión judicial.

Hechos: El alcalde de Toa Baja, Hon. Aníbal Vega Borges, designó al señor Pedro Julio Santiago Guzmán como administrador del Municipio de Toa Baja el 11 de enero de 2005. A poco menos de un mes, el 5 de febrero de 2005, designó a Ángel Santiago Guzmán, hermano del designado administrador, como Subcomisionado de Seguridad del Municipio. Ambos nombramientos se presentaron ante la Legislatura Municipal el 8 de febrero de 2005. El 14 de febrero de 2005 la Legislatura Municipal confirmó al señor Pedro Julio Santiago Guzmán como administrador; y el 9 de marzo del mismo año al señor Ángel Santiago Guzmán como Subcomisionado de Seguridad. El señor Ángel Santiago Guzmán percibió un aumento que elevó su salario de $3,105 a $3,780 mensuales. Según una declaración jurada del Alcalde que consta en el expediente, ese aumento fue consecuencia de un ajuste en su salario, pues en la negociación para reclutarlo como Subcomisionado de Seguridad se le ofrecieron $3,780 mensuales, y no los $3,105 con los que ingresó a las filas del Municipio.

La Oficina de Ética Gubernamental presentó una querella contra el señor Pedro Julio Santiago González que imputaba violar el Art. 3.2(i) de la Ley de Ética Gubernamental, Ley Núm. 12-1985, según enmendada, y el Art. 6(A) del derogado Reglamento de Ética Gubernamental, Núm. 4827 de 20 de noviembre de 1992. La violación consistía en no pedir la dispensa requerida para el nombramiento del señor Ángel Santiago Guzmán, su hermano, como Subcomisionado de Seguridad del Municipio. El 3 de junio de 2009 se enmendó la querella para incluir la falta en solicitar dispensa para el aumento en el salario del señor Ángel Santiago Guzmán. Este se otorgó el 16 de abril de 2005, mientras el querellado Pedro Julio Santiago Guzmán fungía como administrador del Municipio.

La Oficina de Ética Gubernamental celebró una vista. El oficial examinador recomendó sancionar al señor Santiago Guzmán con una multa de $2,000. La Subdirectora Ejecutiva de la Oficina de Ética Gubernamental refrendó el informe y su recomendación. Se sostuvo en reconsideración el 25 de agosto de 2010.

El informe señaló que el señor Santiago Guzmán, empleado de confianza del Municipio de Toa Baja, no solicitó dispensa antes de que se nombrara a su hermano como Subcomisionado de Seguridad ni antes de que se le aumentara el salario. Concluyó que, aunque el querellado no fuera la autoridad nominadora, ni ejerciera influencia para...

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