González V. Administración, 2009 J.T.S. 35

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas378-381

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Jurisdicción Apelativa de la C.I.P.A.

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Hechos: El Secretario de la Administración de Corrección tomó varias medidas disciplinarias en contra de tres oficiales de custodia (los peticionarios) por haber incurrido en alegadas violaciones al Reglamento de Oficiales de Custodia, y al Reglamento de Personal de la Administración de Corrección. Tras celebrar la vista administrativa correspondiente, la Oficial Examinadora de la Administración de Corrección recomendó la destitución del señor Negrón Martínez. El Secretario acogió dicha recomendación y le notificó por escrito al señor Negrón Martínez que había sido destituido de su puesto. A su vez, en la referida notificación se le apercibió sobre su derecho a solicitar la revisión de la decisión tomada por la Administración de Corrección ante la extinta Junta de Apelación del Sistema de Administración de Personal (JASAP, ahora CASARH). El señor Negrón Martínez apeló oportunamente ante la JASAP. No obstante, dicho foro apelativo desestimó el recurso por entender que carecía de jurisdicción sobre la materia. Concluyó que la C.I.P.A. era la agencia con jurisdicción apelativa exclusiva cuando un oficial de custodia de la Administración de Corrección impugna una medida disciplinaria tomada en su contra.

De otra parte, el Secretario de la Administración de Corrección le envió una comunicación a la Sra. Wanda Pacheco Muñiz, Oficial de Custodia, en la que le indicó su intención de suspenderla de su empleo y sueldo por incurrir en alegadas amenazas e insubordinación contra otros funcionarios. Además, se alegó que la señora Pacheco Muñiz hizo caso omiso a varias órdenes impartidas por un supervisor. En atención a lo anterior, se le imputaron varias violaciones disciplinarias a los reglamentos pertinentes. La Administración de Corrección le envió una comunicación escrita a la señora Pacheco Muñiz notificándole su suspensión de empleo y sueldo por sesenta días. En la referida misiva, se le apercibió que podía apelar dicha decisión ante la CASARH. Tras apelar a dicho organismo, este se declaró nuevamente sin jurisdicción por entender que el foro apelativo con jurisdicción exclusiva en tales casos era la C.I.P.A.

El Secretario de la Administración de Corrección le informó al Sr. Erick González Rodríguez su intención de destituirlo del puesto de Oficial de Custodia, debido a que este se negó a cumplir una orden del Sgto. Gerardo L. García, en violación a varias disposiciones del Reglamento de...

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