González V. Tribunal, 1971, 100 D.P.R. 136

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas26-27
Síntesis: Jurisprudencia Procedimiento Criminal
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archivo de una nueva acusación no da derecho al acusado a que se le expida un
auto de hábeas corpus".
Al resolver en este caso que una corte de distrito puede ordenar que se
formule nueva acusación a tenor del Art. 157, siempre y cuando que esta se
radique dentro del término prescriptivo, no se trata del Art. 452 del Código de
Enjuiciamiento Criminal. Cuando se trata de un felony, bajo dicho artículo, sin
orden de la corte, el fiscal puede radicar nueva acusación. El Art. 157 dispone
que debe existir una resolución ordenando que se formule nueva acusación; y el
Art. 148 se aplica a tal resolución. Pero la resolución puede dictarse y la nueva
acusación radicarse, si la demora es excusable, antes de que expire el término
prescriptivo.
El peticionario también se queja de la actuación de la corte de distrito
desestimando su moción que levantaba la defensa de exposición anterior.
Admite que esta defensa en el sentido ordinario no procede aquí. Pero alega que
ha sido puesto en jeopardy estatutario.
Bajo el Art. 157, si la corte declara con lugar una excepción perentoria
interpuesta contra la acusación, y no ordena la formulación de una nueva, “de
los propios términos del estatuto surge un impedimento para una nueva
acusación, el que muy bien podría denominarse impedimento estatutario o
jeopardy estatutario a diferencia del jeopardy del derecho común”. Pero aquí
la cuestión es precisamente si la corte inferior ha dictado, o puede dictar en el
futuro, una resolución ordenando que se formule nueva acusación. De acuerdo
con el Tribunal, siempre y cuando que la demora sea excusable, puede dictarse
la resolución en cualquier momento antes de que expire el término prescriptivo.
GONZÁLEZ ZAYAS V. TRIBUNAL SUPERIOR,
1971, 100 D.P.R. 136 (DÁVILA)
Mociones antes del Juicio. Exposición Anterior.
Hechos: Milton González compareció al Tribunal de Distrito con el propósito
de servir de fiador a dos personas acusadas de delito y a quienes se les había
señalado una fianza de $1,000 en cada una de cinco causas. Para lograr su
propósito simuló ser Juan Reyes Torres. Con ese nombre firmó y juró las fian-
zas exigidas, en las cuales manifestó falsamente que era dueño de un inmueble.
Al descubrirse la falsedad, el agente Negrón Ramos del Cuerpo de Investiga-
ciones Criminales de la Policía juró cinco denuncias por falsa representación
contra Milton González. Este hizo alegación de culpabilidad en los cinco casos
y satisfizo las multas impuestas por el Tribunal. El fiscal radicó acusación
contra Milton González por cinco delitos de perjurio que acumuló en un solo
pliego acusatorio. Al dar comienzo la vista del caso de perjurio la defensa
plantea al Tribunal "que por estos mismos hechos el acusado fue ya juzgado”.
El juez que presidió la vista declaró sin lugar el planteamiento de la defensa.
Controversia: Si es de aplicación la defensa de exposición anterior.
Decisión del Tribunal Supremo: Revoca la resolución declarando sin lugar

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