Hato Rey Stationary V. E.L.A. 1987, 119 D.P.R. 130

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas98-100

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Récords Confiables. Excepciones a la Regla de Prueba de Referencia. Regla 805 de Evidencia de 2009.

Hechos: Hato Rey Stationery, Inc., se dedica a la venta de materiales escolares y efectos de oficina; instó acción civil en cobro de dinero contra el E.L.A. Reclamó la cantidad de $147,085 por concepto de materiales escolares vendidos a crédito al Departamento de Instrucción Pública, y entregados en distintas regiones escolares del país. El Estado aceptó que debía cierta cantidad, pero negó la totalidad de la reclamación.

Como parte del descubrimiento de prueba, las partes celebraron una reunión en las oficinas centrales del recurrente, ocasión que dio pie para el intercambio de parte de la evidencia documental de este caso, a saber, varios libros que relacionaban la deuda reclamada, así como fotocopias de facturas y conduces. El D.I.P. se comprometió a llevar a cabo una abarcadora auditoría interna, en sus propios libros, destinada a identificar las facturas en controversia. Los funcionarios del Departamento auditaron también los récords del negocio en poder del recurrido. El análisis reflejó la existencia de conduces y facturas por la suma reclamada y, además, que casi todos los conduces habían sido firmados por un receptor o funcionario debidamente acreditado por el Departamento. Confrontadas las fotocopias con los correspondientes originales se comprobó, que alrededor de un 85% de estos carecían de fecha, que un 10% de las facturas reclamadas aparecían debidamente pagadas y que varias firmas que aparecían en dichas facturas correspondían a funcionarios del Departamento de Instrucción que estaban siendo procesados o investigados criminalmente por conducta impropia en el manejo de este tipo de transacción. Para suplir la ausencia de fechas en las facturas en controversia, el recurrido ofreció en evidencia un listado de los asientos de un libro denominado "subsidiario cuentas a cobrar-gobierno".

El propósito del listado era establecer la fecha exacta en aquellas facturas y conduces que no la tenían. Sin embargo, un análisis efectuado por el Departamento de Instrucción Pública reveló que todas las facturas no se

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encontraban en el listado y que no se podía establecer el momento en que se entregó la mercancía, o cuándo se registró la transacción. Aunque todos estos hallazgos fueron estipulados en el informe sobre conferencia preliminar entre abogados, el Departamento de Instrucción cuestionó la admisibilidad de gran parte de...

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