Hernández V. Centro Unido, 2006 J.T.S. 140

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas399-405

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Revisión Judicial de Consulta de Ubicación.

Hechos: Juan A. Hernández y otros presentaron una consulta de ubicación ante la Junta de Planificación de Puerto Rico. El objetivo de la consulta que fue aprobado finalmente por la Junta, era desarrollar un proyecto comercial que consistía de la construcción de un edificio de bloques y acero estructural de 136,791 pies cuadrados para la venta de artículos del hogar, ferretería liviana y accesorios para automóviles. El terreno donde se construiría el proyecto tenía una cabida de 38.15 cuerdas, de las cuales se desarrollarían 21.43 cuerdas. Las restantes quedarían como un remanente de la finca. El predio estaba ubicado dentro de los límites de una Zona inundable 2, según el Mapa de Zonas Susceptibles a Inundación de la Junta de Planificación.

La Junta expidió un aviso de vista pública. El interventor Centro Unido de Detallistas compareció a dicha vista y planteó que el proyecto, que originalmente había sido caracterizado como de carácter industrial, realmente era de naturaleza comercial y, por ello, debía evaluarse conforme a la Sec. 4.02 del Reglamento de

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Procedimientos Adjudicativos de la Junta de Planificación. Los proponentes acogieron dicho planteamiento y le solicitaron a la Junta que evaluara el proyecto propuesto conforme a dicha Sección del Reglamento. Las compañías F.W. Mayagüez, S.E., Limited Partnership, S.E., Western Plaza Shopping Center y K-Mart Corp. solicitaron intervenir y sometieron un análisis de impacto económico del proyecto propuesto, que fue realizado por el economista Ángel L. Ruiz. Los proponentes presentaron una moción para informar que estaban preparados para ir a vista pública.

Luego de varios incidentes procesales, la firma de ingenieros y arquitectos encargada del proyecto, SQR Group Corporation, informó a la Junta que la tienda Costco no formaría parte del desarrollo propuesto, debido a que no se pudieron completar las negociaciones con dicha compañía. Sin embargo, expusieron que la propuesta no variaba en nada, ya que tanto el pietaje como la cantidad de estructuras y de estacionamientos eran iguales. El único cambio que informaron fue que el local principal sería utilizado solo para la venta de artículos al detal y sería operado por el dueño del predio.

El Centro Unido de Detallistas presentó una moción de desestimación y planteó que no se había presentado una declaración de impacto ambiental ni un estudio hidrológico-hidráulico. Según dicha entidad, estos eran necesarios para la aprobación del proyecto propuesto debido a que este colindaba con la reserva natural del caño La Boquilla. El 9 de enero de 2003, los proponentes presentaron una oposición a la moción de desestimación referida.

La Junta de Planificación aprobó la consulta de ubicación objeto de este caso. Determinó que el predio donde se ubicaría el desarrollo colindaba con el ámbito de expansión urbana del Municipio de Mayagüez y que en el sector existían centros comerciales, negocios aislados, industrias y oficinas gubernamentales. En su Resolución, la Junta resaltó las observaciones de las diversas agencias que comentaron el proyecto. Entre dichas agencias estuvieron el Departamento de Recursos Naturales, el de Agricultura y la Junta de Calidad Ambiental.

El Departamento de Recursos Naturales endosó el proyecto e indicó que la evaluación ambiental, en la que se concluyó que el proyecto no tendría impacto ambiental significativo, era de su conformidad. El Departamento de Agricultura, que fue la única agencia estatal que objetó el desarrollo propuesto, indicó que los suelos del sector donde estaría el proyecto conservan su potencial agrícola a pesar de que existen comercios en áreas cercanas; concluyó que los predios donde ubicaría el desarrollo debían ser conservados para la industria agrícola del país.

En cuanto a los documentos ambientales, la Junta hizo constar: (1) que los proponentes deberían cumplir con las recomendaciones de las agencias concernidas; y (2) que la evaluación de los mismos se circunscribió a la etapa de construcción de las estructuras y facilidades del proyecto comercial, por lo cual los usos individuales de los locales comerciales que se estableciesen debían ser...

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