Impune la negligencia fiscal de los alcaldes

POR Wilma maldonado arrigoitÍa

wilma.maldonado@gfrmedia.com

La impunidad no es por falta de agencias fiscalizadoras. Junto con la Ley de Municipios Autónomos, que buscaba reducir el gigantismo del Gobierno central y darle más poder al Gobierno municipal, se creó la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM) y la Comisión para Ventilar Querellas Municipales para asistir y fiscalizar a los ayuntamientos según adquirían mayor independencia fiscal. Mientras, la Oficina del Contralor de Puerto Rico (OCPR) mantenía la facultad de auditar los municipios y de hacer referidos al Departamento de Justicia.

Pero la OCPR ha reducido a un puñado los referidos de informes de auditorías a Justicia. Mientras, ni la OCAM ni la Comisión para Ventilar Querellas han controlado la mala administración causante del menoscabo de las finanzas. En los últimos seis años, la OCAM ni siquiera ha emitido multas contra los alcaldes.

En el año fiscal 2008-2009, hubo 35 informes de auditoría de municipios referidos. Para el 2009-2010, hubo 40. Pero para el 2010-2011, solo seis informes se refirieron a Justicia. En cambio, en el 2011-2012, solo hubo cuatro, y en el 2012-2013, apenas hay tres referidos, según la OCPR.

De los 88 informes enviados a Justicia, se ha atendido menos de la mitad. Hoy quedan 46 casos pendientes de investigación. Municipios como Ponce, Toa Baja, Cataño, Arecibo y Guánica tienen tres informes referidos de distintas auditorías, pero todavía están ante la evaluación de Justicia. Los cinco municipios tienen déficits de entre $ 4 millones y $ 22 millones.

En tanto, la Comisión para Ventilar Querellas Municipales, que tenía la jurisdicción primaria para atender las querellas contra alcaldes, fue eliminada en el 2012, pero estaba inoperante desde antes. En el 2010, la comisión solo tenía un empleado y una asignación presupuestaria de $ 86,000. En el 2011, ya no tenía ni presupuesto ni empleados. En el 2012, las funciones de esta comisión fueron transferidas a la Oficina del Fiscal Especial Independiente (OFEI) y a la OCAM.

Por otra parte, la OFEI recibió la facultad de suspender de empleo a un alcalde cuando se ha encontrado causa para arresto por delito grave y los delitos contra la función pública y el erario; o delito menos grave que implique depravación moral.

Al día de hoy, la OFEI ha suspendido sumariamente al alcalde de Barceloneta, Sol Luis Fontanes Olivo, cuando fue encarcelado por delitos federales de soborno, y al alcalde de Cidra...

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