In Re: Ángel L. Sitiriche Torres, 2015 T.S.P.R. 66

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas197-199

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Conducta Profesional. P.E.J.C.

Hechos: El Lcdo. Ángel L. Sitiriche Torres fue admitido al ejercicio de la abogacía en 1983. En el 2003, el abogado notificó al Tribunal Supremo que se mudó al estado de Texas porque fue activado por el servicio militar. El 13 de marzo de 2009, el abogado informó su nueva dirección en el mismo estado.

El 10 de octubre de 2014, la Directora del P.E.J.C. presentó ante el Tribunal Supremo un Informe, en el que notificó que el licenciado Sitiriche Torres no cumplió con los créditos de educación jurídica continua para el período del 1 de agosto de 2007 al 31 de julio de 2009. Surge del Informe que, el 3 de septiembre de 2009, el P.E.J.C. envió al abogado un Aviso de Incumplimiento mediante el cual le concedió un término de 60 días para que tomara los créditos que adeudaba. Dos años más tarde, ante la ausencia de una respuesta, el P.E.J.C. cursó al licenciado Sitiriche Torres una citación para una vista informal. A pesar de que la carta se envió a la dirección del abogado que surgía del R.U.A., esta fue devuelta por el Servicio de Correo Postal. Por esta razón, el P.E.J.C. reenvió la citación, esta vez a la dirección de correo electrónico del abogado que surgía del R.U.A. Sin embargo, el abogado no contestó ni compareció a la vista.

El 31 de octubre de 2014, el Tribunal Supremo le concedió 20 días al licenciado Sitiriche Torres para que mostrara causa por la cual no debía ser suspendido del ejercicio de la abogacía. El abogado no ha contestado.

Decisión del Tribunal Supremo: Ordena la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Ángel L. Sitiriche Torres de la práctica de la abogacía. De la última dirección que el licenciado Sitiriche Torres proveyó, surge que el abogado reside en el estado de Texas. Sin embargo, este no ha solicitado un cambio de status ante el Tribunal Supremo, así como tampoco cumplió con los requisitos de educación jurídica continua para el período del 1 de agosto de 2007

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al 31 de julio de 2009, a pesar de los múltiples mecanismos de cumplimiento que provee el ordenamiento jurídico. A su vez, el licenciado Sitiriche Torres no aprovechó el término de 60 días que la Junta le concedió para tomar los créditos adeudados, no contestó los requerimientos del Tribunal Supremo ni mantuvo actualizados sus datos personales en el R.U.A.

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